Estimados compañeros.

El día 07 de octubre de 2009 tuvo lugar la segunda reunión del Grupo de Trabajo del Consejo sobre la jornada de trabajo, horario y régimen de turnos, teniendo lugar en la sede de la Dirección General de la Guardia Civil.

A la misma acudimos por parte de AUGC la Secretaria de la Mujer de la JDN, Pilar Villacorta, el Secretario Provincial de A Coruña, Eugenio Nemiña, y el que suscribe como coordinador del grupo de trabajo. Dar las gracias a ambos por su inestimable ayuda, así como a Juan Couce, que estuvo en la primera reunión, por su trabajo y apoyo.

Como ya sabéis, en la anterior reunión del Grupo de Trabajo no se pudo sacar nada en claro, puesto que nuestra posición era inamovible desde la norma primera, donde se desarrolla un tema de capital importancia: la regulación de la jornada.

Nosotros pedimos en aquel momento, y seguimos insistiendo en esta segunda reunión, que todos los guardias civiles tuvieran regulada una jornada. Sin excepción de ningún guardia civil por razón de empleo, puesto de trabajo o pertenencia a una especialidad.
Creemos, y así se lo hicimos saber, que no puede haber excepciones a tal regulación de jornada, puesto que así lo mandata la Ley Orgánica 11/2007, y podría dar lugar a la impugnación de la norma.

En esta segunda reunión del día 07 de octubre hemos conseguido arrancar el compromiso por parte de la patronal de estudiar seriamente la fijación de una jornada máxima anual para unidades de investigación en todas sus facetas. Falta por que lo mismo se aplique a los mandos jefe de unidad y a los mandos de apoyo al mismo. Seguiremos en esa línea.

Se les repite por activa y por pasiva que la regulación de la jornada, tal y como se encuentra ahora mismo, provoca distorsiones en la previsión del servicio a finales de cada mes, donde se empieza a ajustar las horas desde el día 25 para que al final cuadre a las 166, 161 o 150 horas de cómputo mensual.  Se les pide por ello que la regulación de la misma, en cuanto al cómputo, sea mayor, mínimo de 6 meses y a poder ser anual.
Su contestación es asimismo que estudiarán todas las propuestas y que verificarán que efectivamente se producen esas alteraciones a finales de cada mes.

De esta manera se consigue desatascar la negociación y continuar con el articulado.

En cuanto a los servicios partidos, se nos traslada que los mismos son totalmente minoritarios, y que asimismo el espíritu de los mismos es que sean de carácter excepcional.

En cuanto a las horas festivas y nocturnas, punto b de la norma segunda del borrador, se hizo hincapié en que se empezara a contar desde las 14 horas del sábado, que es cuando se comienzan los servicios en la GC. Así como que se tuviera en cuenta la hora de 6 a 7, cuando el servicio nombrado fuera de 23 a 7 horas del  domingo al lunes. No están por la labor, puesto que consideran que generaría que la policía también lo pidiera, puesto que para ellos la jornada festiva empieza a las 15 horas. Se le hizo saber que cuando quisieran que nos aplicaran en bloque la normativa de la policía, que lo aceptábamos sin más. No hubo contestación.

Finalmente se habló del tiempo de descanso semanal y del descanso diario.
La regla general es que se descansará como mínimo el tiempo que se ha prestado servicio, procurando que dure como mínimo 11 horas consecutivas cuando se disfrute mayoritariamente en periodo nocturno (la razón de ser de estas 11 horas es para dar cabida a la aplicación de la Directiva Europea sobre tiempo de trabajo). Se pidió         que se pusiera de forma imperativa, puesto que la aplicación de la misma será problemática al depender de la buena o mala voluntada del mando llamado a aplicarla, pero no piensan variar su postura.

Se pidió asimismo por nuestra parte que para la entrada a prestar un nuevo servicio tras la realización de un servicio partido sean sumados todos los tiempos comprendidos en él para hallar la regla del descanso diario (descanso entre servicios), anticipándonos que como mínimo se tendrán en cuenta la suma de los dos periodos de presente, y que se estudiará el incluir el tiempo de descanso entre las dos porciones.

En el descanso semanal se da por supuesto que pasa a ser de un mínimo de 48 horas ininterrumpidas, en vez de las 36 que figuraban en el borrador.
Mayor problema hemos tenido al intentar introducir la posibilidad de su acumulación para dar lugar al descanso continuado, el cual había desaparecido de la norma.
De entrada se han posicionado en forma contraria a la acumulación, puesto que les parece mucho tiempo las 96 horas seguidas fuera de la Unidad. Se les transmitió que la práctica era esa actualmente, y que por lo tanto no entendíamos tantos reparos en plasmarlo en el papel. Por parte de la DAO se nos traslada que no están cerrados a ello, pero que necesitan estudiar el posible impacto sobre las Unidades pequeñas.

Y fue aquí donde nos quedamos por falta de tiempo. Casi con entera posibilidad volveremos a reunirnos el día 16, viernes, para continuar con el estudio de la norma, así como los datos que nos puedan trasladar sobre las cuestiones pendientes.
De dicha jornada de trabajo se os trasladará información puntual.

La conclusión de estas dos reuniones es que se quiere avanzar de forma lenta, dando la sensación de la GC no está preparada para un cambio organizativo serio,  cerrando totalmente las puertas a una modificación de la implantación territorial, para agrupar unidades totalmente inoperativas. Todos los miembros de la Patronal se apoyaban continuamente en esta circunstancia, la presencia de pequeñas unidades, para oponerse en principio a cualquier cambio, apoyadas en todo momento por la Jefa del Gabinete, la cual insistía una y otra vez que bajo ningún concepto se iba a producir alguna modificación en la organización de la GC.

Por lo tanto toca jugar fuerte y plantearnos medidas de mayor calado si la cerrazón de la Patronal es de tal calibre que desvirtúa de inicio las posibles mejoras que se pudieran alcanzar.

Espero no olvidarme de nada.

Recibid un saludo.

Manuel Moya
Coordinador Grupo Trabajo Jornada, horario y régimen de turnos.