Nueva Orden General de vacaciones, permisos y licencias en la Guardia Civil

 

La nueva Orden General de vacaciones, permisos y licencias en la Guardia Civil, que será publicada próximamente en su boletín oficial, se ajustará a lo previsto en la legislación general de los funcionarios de la Administración General del Estado. Asimismo, responderá a la realidad social del Cuerpo, las características específicas de la función policial y a las demandas de la sociedad. De esta manera la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil responde las necesidades manifestadas por sus miembros en los últimos años.

Esta norma será de aplicación a los guardias civiles destinados o en comisión de servicio en puestos de trabajo asignados específicamente al Cuerpo de la Guardia Civil, así como a los alumnos de los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias durante sus períodos de prácticas.

Vacaciones

Entre las medidas que se incorporan a la nueva norma se encuentra la equiparación al resto de la Administración General del Estado en lo que se refiere al cómputo anual de vacaciones, que se establece en veintidós días hábiles. Este crédito podrá ser ampliado en atención a las especiales características que se den en determinados destinos, hasta un máximo de once días hábiles por periodo anual.

Asimismo se consideran días inhábiles a efectos de cómputo de días de vacaciones los sábados, domingos y festivos incluidos dentro del periodo vacacional.

Permisos

Se consideran permisos la exención del servicio propio del destino por causas como fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar, para la preparación al parto, lactancia de hijos o nacimiento de hijos prematuros, entre otros. También se concederán hasta seis días de permiso por asuntos particulares.

De esta forma los miembros de la Guardia Civil se equiparán al resto de funcionarios públicos.

Licencias

Es el periodo de tiempo que se concede al Guardia Civil para ausentarse del destino con la finalidad de atender asuntos de índole personal o para mejorar su preparación profesional, periodos que no serán retribuidos. Entre ellas se encuentran las licencias por asuntos propios y por estudios.

Para más información pueden establecer contacto con la Oficina de Prensa de la Guardia Civil en el teléfono 91 514 60 10.