PAULA VILARIÑO
LUGO. La Audiencia Provincial de
Lugo impuso una pena de veintiún
años y medio de prisión a
Francisco Vázquez Montes, el vecino
de Parga (Guitiriz) que tiroteó a su madre y a dos agentes de la
Guardia Civil el 14 de marzo de
2007. El fallo recoge igualmente
que el procesado no podrá residir
en la citada localidad durante los
próximos veinte años, el mismo
tiempo que deberá permanecer
alejado de su progenitora.
La sala considera probado que
el hombre tuvo «claro ánimo de
matar» y actuó «con alevosía», ya
que perpetró el ataque «por sorpresa,
de modo súbito e inesperado,
fulgurante y repentino; un ataque
sorpresivo que eliminó la posibilidad
de defensa de los guardias»,
señala.
Francisco Vázquez —que durante
el juicio contra él celebrado el
pasado 23 de junio se negó a prestar
declaración— había reconocido
tras su detención que quería «acabar con todo y con todos», un
testimonio que también se recoge
en la sentencia como prueba de su «ánimo de matar».
HECHOS . La sala considera probado
que en la mañana del día 14 de
marzo de 2007, el acusado sostuvo
una breve discusión con su madre
en el domicilio que ambos compartían
en el barrio de O Buxío,
ubicado en Parga. En el transcurso
de la pelea —con motivo de las
discrepancias entre ambos por
una ventana que la mujer había
encargado para poner en el baño
de la vivienda—, el acusado empujó a su progenitora y le propinó un puñetazo en un ojo.
Tras la agresión, la mujer se
trasladó al cuartel de la Guardia
Civil de Guitiriz, acompañada por
su hija, y les pidió a los agentes que
acudieran a la vivienda familiar
para hablar con el acusado. Sin
embargo, como la mujer les
comunicó que pasaría la noche
en casa de la joven, los guardias le
dijeron que la acompañarían a su
domicilio a la mañana siguiente
para aclarar los hechos.
Esa noche, tal y como recoge el
fallo emitido por la Audiencia, el
procesado «planeó darle muerte a
su madre cuando ésta regresara
a casa», para lo cual cogió una
escopeta de caza que guardaba
encima de un armario, la montó,
la cargó con una munición
mezclada a base de perdigones
y balas, y la dejó apoyada en la
cama de su progenitora. Además,
guardó abundante munición en el
chaleco que tenía pensado ponerse
al día siguiente.
ATAQUE. Cuando los dos guardias
acompañaron a la mujer a la casa
familiar —sobre las nueve y media
de la mañana—, encontraron al
procesado en un garaje ubicado
en la parte exterior de la vivienda,
donde cortaba con una radial la
ventana por la que había discutido
con su madre.
En ese momento, los guardias le
comunicaron que iban a proceder
a su detención por los malos tratos
a su madre, a lo que el hombre
respondió echando a correr hacia
la vivienda y cogiendo la escopeta
que ya tenía preparada para
disparar. Acto seguido, encañonó sorpresivamente a uno de los
agentes —que le había seguido
hasta la casa— y le disparó a la
altura de la cabeza «con ánimo de
acabar con su vida».
El hombre consiguió esquivar
la bala y salió corriendo de
la vivienda, mientras que el
acusado seguía disparándole con
la munición que había guardado
el día anterior en el bolsillo del
chaleco, por lo que el guardia no
tuvo tiempo de sacar su arma
reglamentaria.
En un momento determinado
de la persecución, el procesado
vio al otro agente intentando
pertrecharse tras un muro y le
disparó apuntándole al abdomen.
La sentencia recoge que el disparo
fue «inesperado y sorpresivo»,
por lo que el guardia únicamente
pudo disparar su arma con
intención disuasoria cuando ya
se encontraba herido.
Finalmente, los dos agentes de
la Benemérita lograron colocarse
fuera del alcance del agresor, por
lo que éste reanudó la búsqueda
de su madre —«con el propósito
de darle muerte»—, que se había
situado detrás de la puerta de
entrada de la vivienda. El acusado
encañonó la cerradura de dicha
puerta y disparó, pero la mujer
logró refugiarse en una habitación
y huyó por una ventana.
Finalmente, Francisco Vázquez
fue detenido horas más tarde.
El ministerio fiscal solicitaba para
el acusado un total de 43 años de
prisión, justo el doble de la condena
impuesta finalmente por
la Audiencia, fijada en veintiún
años y medio de cárcel.
En el escrito de calificación provisional —elaborado por la fiscal
de la adscripción permanente
en Mondoñedo— se imputaba al
acusado un total de tres delitos de
asesinato en grado de tentativa,
en relación concursal con otro de
atentado, así como otro delito de
maltrato familiar.
Por cada uno de los tres delitos
de asesinato no consumados en
las personas de su madre y de los
dos agentes de la Guardia Civil,
la representante del ministerio
público solicitaba catorce años
de prisión, a los que sumaba un
año más de cárcel por un delito de
maltrato familiar.
Sin embargo, la Audiencia considera
que, en cuanto a los delitos
de asesinato en grado de tentativa
y atentado, procede aplicar
las penas de cada infracción por
separado. Además, afirma que el
procesado es autor de dos tentativas
de asesinato contra su madre
y el sargento de la Guardia Civil.
Sin embargo, en lo que se refiere
al ataque contra el otro agente señala
que se trata de un delito de
homicidio en tentativa, ya que
cuando empezó a disparar contra
el sargento, «el efecto sorpresa se
habría diluido», pues el guardia
ya había observado la conducta del
acusado contra su compañero.
Además de las penas de prisión,
la Audiencia Provincial de Lugo
determina que Francisco Vázquez
Montes tendrá que indemnizar
a uno de los agentes heridos
en el tiroteo en la cantidad
de 200.000 euros, en concepto
de las lesiones sufridas y las secuelas.
Este guardia, de 36 años de
edad y natural de la localidad coruñesa
de Narón, resultó herido
grave y tuvo que ser evacuado en
helicóptero a un hospital de A
Coruña, donde fue intervenido
quirúrgicamente de un impacto
en el abdomen.
El agente de la Benemérita
continúa actualmente sin poder
regresar a su puesto de trabajo,
ya que tuvo que ser sometido a
una operación en la que le implantaron
una malla para sujetarle
toda la musculatura del
abdomen, que, según explicó la propia víctima durante la vista
oral, «quedó destrozada tras
el impacto de bala». Además,
como consecuencia de esta lesión,
el hombre no puede realizar
esfuerzos y será operado
nuevamente.
Por otra parte, el procesado
deberá abonar al Servicio Galego
de Saúde (Sergas) la cantidad
total de 338 euros en concepto
de asistencia médica prestada a
su progenitora, quien renunció a cualquier tipo de indemnización
que pudiera corresponderle
por las heridas sufridas en el
tiroteo.