HISTORIAS

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ÉRASE UNA VEZ...................

QUE CARA MAS DURA

Por Maite                                            24-12-2010

Con la que está cayendo en estos tiempos de crisis y penurias económicas y después de comprobar las nóminas de diciembre y su paga ‘ordinaria’ (no tiene nada de extraordinaria, por desgracia). Vista la productividad por objetivos, que más que un alivio económico es un insulto, aunque cabe recordar que hace un año ni siquiera eso repartieron ya que se lo fagocitaron todo entre los pocos de siempre. Después de comprobar de qué manera más vergonzosa se proponen a muchos guardias civiles para el no percibo de la productividad funcional con excusas pasajeras… me encuentro la siguiente perla normativa que a buen seguro será del agrado de los fagocitantes ya mencionados. Está fechada el 12 de noviembre de este año y se refiere a los criterios de distribución del Complemento de Productividad en Sectores y Subsectores de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Extraigo lo más importante:

PERCEPCIÓN PRODUCTIVIDAD POR OFICIALES Y SUBOFICIALES JEFES DE UNIDAD Y AUXILIARES DEL MANDO.

Los Sectores y Subsectores, disponen de un gasto de referencia para hacer frente a las  diferentes propuestas de cobro de productividad en sus modalidades de E-2 (GIAT), E-12 (Ctes Inspectores Tráfico y Jefes Funcionales), E-13 (jefes de Unidad), y E-7.1 (63% CD), E-7.2 (30% CD). Estas últimas están destinadas para proponer al personal perteneciente a su Unidad, que no está encuadrado como posible receptor para otro tipo de modalidad estructural. Para el caso que nos ocupa, todo el personal del Sector o Subsector que no sea Jefe de Unidad o pertenezca al GIAT.

Este gasto de referencia se calcula teniendo en cuenta por un lado la cobertura fijada en la Disposición Adicional Quinta, sobre el Catálogo de Puestos de Trabajo, y por otro los importes de las modalidades de Estructural (% del Complemento de Destino), establecidos en el Anexo II.

No es posible disponer de más gasto de referencia para una modalidad del que viene fijado por la propia Orden General. No obstante los importes por modalidad son traspasables de unas a otras con la limitación de que los perceptores de una de ella no sean inferiores al 75% del porcentaje establecido en la propia Disposición Adicional Quinta.

Por tanto es posible, mediante una gestión eficaz del gasto de referencia asignado a cada unidad y teniendo en cuenta el presupuesto actual proponer mensualmente al 88% de los Oficiales y Suboficiales Jefes de Unidad, en la modalidad E-12 y E-13, y del personal del GIAT, modalidad E-2, y al menos al 50% de los Suboficiales Auxiliares de mando operativos que prestan servicio continuado en carretera, y al 25% de los que lo hacen en funciones burocráticas, en la modalidad E-7.2, que cumplan las condiciones para percibir este tipo de productividad.

PORCENTAJES PRODUCTIVIDAD E-7.1 /E-7.2 A RESTO PERSONAL OPERATIVO Y BUROCRÁTICO

El resto de la bolsa de productividad asignada a cada subsector se distribuirá entre el resto de personal en la modalidad E-7.2, y a fin de compensar la mayor penosidad del servicio en carretera, la distribución será equitativa entre el personal perteneciente a Planas Mayores y distintas unidades, con un balance del 80% para personal que presta funciones operativas y 20% para el que desarrolla funciones burocráticas, aplicando el factor corrector que corresponda según la proporción entre uno y otro personal en la unidad, con el límite personal de 1 productividad como máximo al trimestre, a fin de que alcance a un mayor número de perceptores.

Cada cual que extraiga sus conclusiones yo, por mi parte, ya lo he hecho y lo expreso en el título de este artículo.-

Por la libertad de expresión y representación
 Por Asociación Unificada de Guardias Civiles -AUGC- . 5-12-10

libertadHabía que hacerse y se ha hecho:
La escenificación de las capuchas y a cara descubierta señalan claramente que la historia no tiene vuelta atrás, que el movimiento asociativo en la Guardia Civil no se va a rendir y que con razones, firmeza y dialogo lograra remover cuantos obstáculos hoy se presentan. Veamos las razones de este acto simbólico y político: En los últimos meses se han abierto nueve expedientes a representantes Asociativos de AUGC. También otras organizaciones profesionales han sufrido expedientes. El motivo de la apertura de todos estos expedientes ha tenido su origen en declaraciones a los medios de comunicación que, en uso de su derecho Constitucional a expresarse
libremente, han ejercido los legítimos representantes de las Asociaciones Profesionales de la Guardia Civil.
En nuestra opinión, las altas jerarquías de la Guardia Civil con la anuencia de los responsables
del Ministerio del Interior están utilizando políticamente nuestro régimen disciplinario para intentar, mediante el miedo, cerrarnos la boca. En nuestros más de 16 años de lucha, han sido cientos los representantes de nuestra organización que han sufrido expedientes por hacer uso del derecho Constitucional a la libertad de expresión. En los años 80, nuestros compañeros del sindicalismo clandestino fueron encerrados en cárceles militares por un gobierno del mismo signo que el actual. Un Gobierno que, curiosamente, llevaba en su programa electoral la promesa de desmilitarizar el
Cuerpo. Su delito fue el intento de implantar en la Guardia Civil organizaciones en defensa de los derechos de los guardias civiles.
Estos compañeros tenían que realizar ruedas de prensa encapuchados para evitar ser identificados.
La peculiar rueda de prensa del 30 de noviembre es sólo una escenificación de la situación a la que nos está empujando un Ejecutivo que aprobó una Ley de Derechos y Deberes que nos reconoce,
entre otros, el derecho a expresarnos libremente. El Gobierno no sólo está incumpliendo desarrollo de la Ley de Derechos y Deberes si no que, lejos de esta obligación, está llevando a cabo una feroz persecución que parece buscar a toda costa una involución en los derechos de los guardias civiles. Y lo hace, de ahí que afirmemos la utilización política de nuestro régimen disciplinario, en contra de reiteradas sentencias que reconocen nuestro derecho a expresarnos libremente con las restricciones que impone la Constitución y nuestro deber de neutralidad política.
Más de 250 expedientes a dirigentes y militantes de AUGC desde el 2004 son una buena prueba del coste que hemos sufrido para defender nuestros derechos.
Y esto tiene que acabar de una vez por todas.
Actualmente AUGC ha roto cualquier tipo de colaboración en los grupos de trabajo del Consejo
de la Guardia Civil donde posee 9 de los 15 vocales que componen el mismo. Tanto la parte política de la Dirección General como el ministerio del Interior se niegan a la búsqueda de una solución dialogada lo que nos lleva a un callejón sin salida donde el conflicto y la movilización de nuestras bases son la única salida que nos dejan. Esta actitud irresponsable de los máximos dirigentes del Cuerpo no sólo no superará la grave crisis interna que se vive en nuestros cuarteles sino que empeorará la situación.
No pedimos aumentos de sueldo, ni tampoco la desmilitarización de la Guardia Civil como demagógicamente intentarán argumentar algunos. Tan sólo queremos unas condiciones dignas para nuestro trabajo.
Que se deje de abusar del carácter militar para mantenernos en el tercer mundo de los Cuerpos
Policiales Españoles y que se nos deje, sin presiones de ningún tipo, ejercer nuestra labor como
legítimos representantes de los guardias civiles.
Vamos a seguir defendiendo nuestras legítimas reivindicaciones pese a quien pese.

PRODUCTIVIDAD BAJA

Por Maite

            En los últimos días se han venido produciendo reuniones entre responsables de Comandancias o Compañías y sus homólogos a nivel de Puesto o similar con la sana intención de abordar el problema relacionado con la abulia observada en los últimos meses en la práctica totalidad de miembros del Cuerpo que realizan servicio operativo. La estadística y, sobre todo, el nivel recaudatorio que se esperaba de la Benemérita está de capa caída a semejanza de los sueldos. Y es que por estos lares lo único que aumenta es el número de parados y el desencanto con un gobierno sobrado de talante y falto de talento.-

            A fin de motivar a los sufridos curritos de la seguridad ciudadana se propone que cada mes se señale un conejillo de indias para dejarle sin la retribución denominada ‘productividad’ y sirva de general escarmiento de apáticos y desmotivados. Vuelven los tiempos de la ‘prostitutividad’.-

            Esto ha generado la alarma entre los posibles afectados, con lo que ya han ganado la primera batalla. Habrá que ver quien gana la guerra. Muchos se preguntan si eso se puede hacer y bajo qué condiciones y la respuesta es bien sencilla: se puede hacer. De las condiciones hablaré luego. Y digo que se puede hacer por que el concepto monetario denominado ‘productividad’ está concebido precisamente para eso. Para dar y quitar a capricho con el fin de motivar a los subordinados. Es un arma tan reglamentaria como la pistola y muchas veces más peligrosa, máxime cuando se utiliza de forma injusta.-

            El artículo 23 de la Ley 30/1984 define el concepto de productividadcomo “el destinado a retribuir el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa con que el funcionario desempeñe su trabajo”. El Real Decreto 950/2005, de retribuciones de las FyCSE, tiene una regulación análoga, como es lógico. Por su parte la Ley 21/1993, de Presupuestos Generales del Estado para el año 1994, introducía un nuevo parámetro, en el sentido de que “cada Departamento Ministerial determinará los criterios de distribución y de fijación de las cuantías individuales del complemento de productividad…”.-

            Con todo ello nos encontramos ante un concepto retributivo que, como señaló el Tribunal Supremo, “...conlleva una cierta discrecionalidad de la Administración conocedora de cada uno de los servicios, sin que ello implique discriminación, sino adecuación a las circunstancias”. O sea que lo pueden dar o quitar según les venga en gana a los superiores de cada cual.-

            La Dirección General de la Guardia Civil, responsable de determinar los criterios de distribución de la productividad, lo ha hecho mediante la Orden General 10/2006. Aquí realizo un paréntesis para recordar un artículo escrito por mí y titulado “La primera de Mesquida” en el que hacía referencia a la recién nacida normativa de productividad y que definía del siguiente literal: “…a poco que leas, te das cuenta de lo que verdaderamente significa… una bofetada en la cara”.-

            Volviendo a la cuestión que nos ocupa, la antedicha Orden General regula claramente en su artículo 4.5, párrafo segundo que “Los jefes de unidad podrán proponer motivadamente la no percepción de las modalidades F1 y F2 de productividad funcional, y en su caso de los incrementos que sean de aplicación, para el personal que, en el periodo de devengo, consideren que no ha alcanzado, en el desempeño de sus funciones, el grado adecuado de rendimiento, interés e iniciativa”. O como decía el Supremo, adecuarse a las circunstancias.-

            Una vez visto el carácter subjetivo de este complemento, cabe analizar las condiciones bajo las cuales se puede proponer su no inclusión en la nómina. La Orden General dice que la propuesta debe ser motivada y para ello, según dice cierta jurisprudencia, debe valorarse de forma concreta el trabajo de cada guardia civil por parte de sus superiores, los cuales han de apreciar y evaluar diferenciadamente el servicio prestado por su subordinado, por lo que no cabe conceder el complemento de productividad por el hecho de estar destinado en una concreta Unidad ni desempeñar un determinado puesto de trabajo, porque lo que premia el complemento de productividad son conductas individuales, de especial rendimiento, tras la valoración por parte del mando correspondiente. Cabe también que no se perciba este complemento, o se perciba en meses determinados, pues está sometido a los límites de existencia de crédito presupuestario y a los criterios esenciales de esta retribución concreta previstos tanto en la Ley 30/84 como en el RD 950/2005.-

            En previsión de lo anterior se han enviado diferentes formularios a los Jefes de Unidad para que realicen correctamente la propuesta de no otorgar a determinados guardias civiles la productividad a la que resulte acreedor en virtud de los criterios establecidos por la propia Dirección General a través de la repetida OG 10/2006. No quieren que pase como en ocasiones pretéritas en donde un superior hacía la propuesta en cuatro líneas sin dar mayores explicaciones (dicho de otra manera ‘por mis coj...’), lo que conllevaba que mediante recurso administrativo o, casi siempre, mediante Fallo judicial, se estimara improcedente la propuesta. Ahora seguramente no ocurrirá así, los formularios enviados exigen profusos datos para motivar la propuesta, haciendo hincapié en que debe “tenerse en cuenta que lo imprescindible para este tipo de resoluciones es la motivación fáctica de la decisión que se adopta, por lo que es esencial citar el mayor número de datos, máxime al tratarse de una modalidad de productividad (F1 o F2) que se valora en base a parámetros objetivos”.-

            Pues bien, se están poniendo las bases para una ofensiva sin precedentes. No solamente han recortado el sueldo mensual sino que, además, ahora pretenden meter tijera en los escasos ingresos que reciben los sufridos guardias civiles. Es la forma de incentivar el trabajo heredada de nuestros ancestros. Esos mismos que vanaglorian al Marqués de las Amarillas y que, en mi opinión, logran que Juan Nepomuceno se revuelva en su tumba ante tanto despropósito.-

            Como he referido antes, la cosa no ha hecho más que empezar. Veremos como acaba. Porque frente al convencimiento de que pueden hacer lo que les de la gana impunemente ya que la normativa les da la razón, está el hecho de que susodicha normativa está realizada de una manera tan enrevesada que lo mismo dice digo que diego. Y no daré más pistas, el que sepa leer que lea e intente comprender.-

            Pero es que lo peor del caso resulta ser la verdadera motivación que se esconde detrás de todo este dislate. Comenzaba refiriéndome a la desmotivación que se aprecia en la actualidad, pero ello no constituye más que un intento de despiste del verdadero móvil que se perfila entre bambalinas. Seamos sinceros, las dificultades actuales están alcanzado a todos los niveles y a poco que escuches te darás cuenta que el descontento campa por doquier y, con la boca pequeña, no solamente comprenden lo que ocurre, incluso lo alientan. Lo que de verdad está pasando es una de las historias más viejas de la humanidad: hay poco para repartir y nadie quiere quedarse sin su tajada. Sobre todo cuando el plato ya no está tan rebosante como antaño.-

            Me explico. Hay una cierta cantidad de dinero anual para repartir en concepto de productividad. La lógica nos dice que lo conveniente sería gastar la mitad en cada semestre. Aunque teniendo en cuenta que a final de cada ejercicio debería repartirse una productividad por Objetivos (la cual ya fue ‘hurtada’ el pasado año), la cantidad a gastar semestralmente debería ser bastante menos de la mitad. Pues según me han dicho, la cantidad gastada en el primer semestre de 2010 supera bastante la mitad del presupuesto. Parece ser que en unos 18 millones de euros. El panorama se presenta crudo y si los de ‘arriba’ desean mantener ingresos, de algún lado habrá que recortar. Imaginaos de donde.-

Todo ello me lleva a reflexionar sobre este particular y extraigo las siguientes conclusiones: la productividad que reciben los miembros operativos del Instituto la podríamos promediar en cien euros netos mensuales. Esa es realmente la diferencia entre ir a trabajar o dejar que te entren los siete males. Si para más inri se les antoja aplicar esa cierta discrecionalidad en su concesión a la que se refería el Tribunal Supremo, resulta lógico aplicar el razonamiento del mismo Tribunal cuando habla de ‘adecuarse a las circunstancias’. Ya lo decía mi madre: con las cosas de comer no se juega. Ahora entenderán los respetados lectores el título de este artículo. Osease, productividad… baja.-

DERECHO A MANIFESTARSE

Por Maite
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso, Sección Octava) de fecha 16 de septiembre de 2010, por la que se reconoce el derecho el Derecho de los miembros de la Guardia Civil a manifestarse, constituye todo un hito en la historia del Benemérito Cuerpo.-
En mi opinión, este Fallo judicial sitúa a la Guardia Civil en el siglo XX (que no en el XXI como sería el deseo de la mayoría). Y esto es así porque por fin se reconoce un Derecho Fundamental del que disfrutan el resto de los españoles desde que la Constitución fuera aprobada.-
Del análisis de la referida Sentencia encuentro destacable la afirmación relativa a que los miembros del Cuerpo son titulares de los Derechos Fundamentales de reunión y de libre expresión.
Este último con ciertos límites lógicos derivados de la especial función que realizan, aunque tales límites todavía deban ser precisados por la jurisprudencia ya que los poderes públicos tienden a exagerarlos cuando escuchan lo que no les gusta.-
Tampoco tiene desperdicio la interpretación que realiza sobre lo que se consideran ‘actividades sindicales’, argumentando que: “… debemos concluir que el término sindical no abarca toda la realidad profesional, pues de lo contrario resultaría que la normativa entraría en una contradicción interna insalvable en la medida en que reconoce la posibilidad de actuar para promocionar unos derechos profesionales pero considera ilegal dicha actuación al tener siempre carácter sindical. Resulta por tanto evidente, a juicio de esta Sala, que profesional y sindical son dos realidades distintas, al menos a efectos de la normativa que son examinados”.-
Abundando en lo anterior, se recuerda la Sentencia del Tribunal Constitucional nº 219/2001 que recoge lo que sigue: “… nada permite afirmar que una asociación, por el hecho de perseguir la satisfacción de intereses económicos, sociales o profesionales de sus asociados, se convierta en un sindicato…”. Si así fuera, la AUGC hubiera sido considerada un sindicato desde que presentó sus Estatutos en 1991 con el fin de defender los intereses sociales de sus asociados. Y ello no fue así gracias a los diferentes pronunciamientos judiciales que reconocían, no solo la legalidad de la Asociación sino su carácter ‘altamente saludable’ como muchos recordarán.-
La Sentencia del TC señalada establece, además, los rasgos diferenciadores entre asociaciones y sindicatos, recordando que los últimos tienen reconocido el ejercicio de los Derechos de huelga, de negociación colectiva y de adopción de medidas de conflicto colectivo, concluyendo que “Es suficiente reparar en tales medios de acción a disposición de los sindicatos para comprender que el artículo 28.1 CE haya permitido que la ley llegue incluso a exceptuar del ejercicio del derecho de libertad sindical a los miembros de instituciones que estén sometidas a la disciplina militar…”.-
Estima el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que, a la vista de la Ley 11/2207, de Derechos y Deberes de los miembros de la Guardia Civil, la cual permite asociaciones que defiendan los intereses profesionales, económicos y sociales del colectivo, excluyendo la formación o integración en sindicatos, el Derecho de huelga, las acciones sustitutivas de la misma, la negociación colectiva y la adopción de medidas de conflicto colectivo, procede reconocer el Derecho de reunión y manifestación de las organizaciones convocantes (AUGC y UO) para la defensa y promoción de sus intereses profesionales. En palabras del propio Tribunal: “Lo que hacemos ahora (…) es precisamente determinar qué actividades tienen carácter sindical y, en concreto, afirmar con rotundidad que, a los efectos de la limitación del derecho de reunión de los guardias civiles, carecen de tal naturaleza las de promoción de sus intereses profesionales, en la medida en que se desenvuelvan al margen de la actuación de cualquier organización sindical”.-
Aprovecha la Sala de Justicia su pronunciamiento para dar un tirón de orejas a la Subdelegación del Gobierno en Madrid, en los siguientes términos:
“… no queremos dejar de señalar que la AUGC ha aportado dos resoluciones de la Subdelegación del Gobierno en Madrid, una de 5/07/2010 y otra de 31/08/2010, que no prohíben sendas concentraciones convocadas por AUGC y UO para realizar concentraciones en la vía pública los días 10/07/2010 y 7/09/2010, concentraciones respecto de la que los medios de comunicación se hicieron eco reflejando sus reivindicaciones puramente profesionales (jornada laboral, retribuciones…), sin que haya explicado las razones que la han llevado a este cambio de criterio, algo que escapa a este Tribunal, y que constituye un extremo esencial para posibilitar la revisión jurisdiccional de la decisión impugnada”.-
Esta claro, a mi entender, que las declaraciones de los responsables de AUGC y UO en el sentido de que la prohibición era una decisión meramente política estaban totalmente justificadas, por mucho que les disguste a los promotores de la decisión escuchar estas palabras en boca de miembros de la Guardia Civil.-
Por último hubiera sido de agradecer que este Fallo judicial hubiera tenido la repercusión a nivel interno que tuvo la Sentencia del mismo Tribunal (Sala de lo Contencioso, Sección Novena) de 13 de abril de 2010, la que dice que los guardias civiles no pueden participar en manifestaciones de tipo sindical y que tanto bombo recibió por parte de la jefatura en un claro intento de ‘calmar los ánimos’ de un personal harto de infamias. A algunos les parecerá lógico que la Dirección General obvie este pronunciamiento, por ser contrario a sus intereses. Pero lo verdaderamente lógico sería que todas las Sentencias tuvieran el mismo tratamiento por parte de la Administración. O se les otorga la misma publicidad o se las ignora, pero en igualdad de condiciones.-
Felicitaciones a los que han hecho posible este reconocimiento de Derechos. Un paso más hacia la normalidad democrática que debe imperar en un Cuerpo como la Guardia Civil. Y para aquellos a los que nos les haya gustado el Fallo, recuerden que ya pueden salir a manifestarse en defensa del no derecho a manifestarse. He dicho.-

EL SR. NAVARRO ES LA PERA
 Por Maite

Normalmente ‘ser la pera’ se aplica cuando algo o alguien es lo máximo que se puede concebir, tanto positiva como negativamente. No obstante, en este caso concreto, utilizo la expresión como juego de palabras con el nombre del susodicho. Porque Don Pere Navarro Olivella, a la sazón Director General de Tráfico está que no para -de meter la pata- en los últimos tiempos.-
Son numerosas las anécdotas que recaen sobre este señor. Desde aquella vez en que unas cámaras de televisión pillaron su coche oficial a mayor velocidad de la permitida (no conducía el interfecto pero queda muy mal de cara a la galería) hasta su afirmación de que con diez radares más en la carretera se paliarían los efectos de la denominada ‘huelga antropológica de bolis caídos’.-
En esta ocasión y a raíz de la espectacular disminución del número de denuncias de tráfico habido en los últimos meses, se le ha ocurrido abrir la boca y dejarnos esta perla para el anecdotario: “no hace falta encargar un estudio a la universidad de Harvard para ver si existe una relación entre las multas y la seguridad vial. Está claro que a más multas, menos accidentes”. Imagino que estas palabras venían motivadas por los datos de siniestralidad del fin de semana anterior al puente de mediados del mes de agosto, que fueron negativos respecto a otros años. Pero mira por donde, los datos del puente del 15 de agosto fueron muy positivos, desde el punto de vista porcentual al menos, ya que cualquier fallecimiento no puede ser de ninguna manera positivo.-
Las declaraciones de Pere no son admisibles desde ningún punto de vista. En primer lugar porque la labor sancionadora de los agentes de tráfico no ha dejado de existir, con lo cual la insinuación de que la bajada de denuncias conlleva una relajación en la labor de vigilancia y con ello un aumento de la ‘inseguridad’ vial no tiene sentido alguno. En segundo término porque se han mantenido, cuando no aumentado, las labores preventivas y de auxilio, cuestiones que nunca debieron de estar en un segundo plano -por debajo de la mera recaudación- como ha pretendido el Sr. Navarro desde su llegada a la DGT y que son tan positivas de cara a la seguridad de los conductores como la que más. Y también porque hay otros datos preocupantes que ignora este caballero y que son fruto de la política de ahorro de su departamento, por ejemplo los kilómetros recorridos por los agentes de tráfico durante su servicio.-
Pero lo que más inquieta de la postura del máximo responsable de la seguridad vial es la frivolidad con la que usa los datos de las tragedias humanas que conllevan los accidentes de tráfico.
Como, incluso, parece culpar a los guardias que priman la labor preventiva sobre la sancionadora delas muertes en carretera. Solo falta que la DGT envíe una carta a los  familiares de los fallecidos donde, además del pésame, señalen a los agentes de la Agrupación como presuntos culpables de la desgracia dado su escaso espíritu denunciador.-
Pues bien, si ese es el juego al que quiere jugar el ínclito, el de los numeritos, porcentajes y estadísticas, dejando de lado cualquier otra consideración humana o moral, pues juguemos. España ha pasado en seis años (2003-2009) de ser unos de los países de la Unión Europea con mayor siniestralidad a situarse entre los de menor porcentaje -descenso medio de un 36%- y en estos momentos, cuando la media europea se sitúa en 70 fallecidos por millón de habitantes, en España estamos en 58, adelantando en el comparativo a países como Francia, Bélgica o Austria. Está claro que seguimos la buena dirección, aunque debemos persistir en el esfuerzo.-
La seguridad vial no es una cuestión fácil de afrontar y descansa en variados pilares que van desde unas infraestructuras adecuadas, un parque automovilístico moderno y un refuerzo en la educación vial, sin olvidar distintos imponderables que tienen reflejo en la fría estadística como pueden ser las condiciones climatológicas, la distribución de los días feriados en el calendario anual o la situación económica general, que afecta directamente al número de desplazamientos que se originan.-
Dicen los entendidos en la materia que la seguridad depende de la educación y de la represión y no seré yo quien lo ponga en duda. Lo que mantengo es que esa represión no tiene que ser ineludiblemente a través de la sanción pura y dura. Que existen otros métodos preventivos que pueden ser tan efectivos como el esquilmar los monederos de los conductores. Los agentes de la Agrupación tienen una formación adecuada y una experiencia envidiable. Dejemos que realicen su labor sin presiones absurdas, sin señalarles con el dedo como presuntos responsables de los accidentes de tráfico o evaluarles con baremos absurdos donde priman las denuncias sobre los auxilios con el único objeto de mantener las arcas repletas y cumplir con los objetivos recaudatorios fijados a principios de año. Porque con esta forma de hacer las cosas, Don Pere y compañía, lo único que están demostrando es que les interesa bien poco las vidas de las personas que circulan por las carreteras de nuestro país y muy mucho la faltriquera. La bolsa o la vida, que las dos no pueden ser. ¿O sí?.-

MÁXIMO ESFUERZO PROPORCIONAL

29-05-2010

Por Maite
Ya lo tenemos aquí. Se acaba de aprobar el Decreto de ajuste fiscal que contempla, entre otras medidas, el recorte salarial de los funcionarios, la congelación de las pensiones y el desahucio del denominado ‘cheque bebé’. Certificado por un solo voto de diferencia, pero suficiente para consumar el mayor recorte social habido en democracia. Menudo panorama se nos presenta.-
Según la propia Dirección General del Cuerpo, la pérdida económica variará entre los 841 y
2.276 euros, dependiendo de la graduación de cada cual. Eso solamente en el segundo semestre de este año. Aunque no acaba aquí la cosa, puesto que la pérdida que atañe al concepto de Productividad no está cuantificada, debido a que es un Complemento retributivo de carácter individual. Añádanle la subida del IVA que nos viene, el ‘pensionazo’ del año pasado y, aquellos que esperen descendencia, súmenle la privación económica consiguiente y calculen grosso modo cuantos agujeros de más tienen que horadar en su cinturón.-
Ya ven ustedes, los coletazos de la crisis llegan a todas partes. Unos pocos las provocan,  yéndose de rositas, mientras la inmensa mayoría entonan el archiconocido ‘ajo y agua’ y apechugan con las consecuencias. Nada nuevo bajo el sol. Ahora procede analizar la situación y actuar en concordancia con la misma. Y tal análisis no es difícil de realizar. Para quienes alberguen alguna duda solo tienen que esperar a la nómina de junio y compararla con de la hace un año. En cuanto a lo de actuar en consecuencia ya se torna más complicado. Las limitaciones impuestas por ley a los funcionarios de la Guardia Civil dejan escaso margen de maniobra y, en situaciones tan sangrantes como las actuales, hay que echar mano de la imaginación.-
Puestos a ser creativos, se me ha ocurrido un lema que traslado a través de estas líneas a quienes se sientan afectados por los tijeretazos zapateriles, a fin de que lo valoren. Dicho lema es el que encabeza este artículo: MÁXIMO ESFUERZO PROPORCIONAL. La cosa consiste en lo siguiente: en época de vacas flacas todos estamos obligados a arrimar el hombro con el fin de superar la coyuntura. Y cuando utilizo el término ‘todos’ me refiero, evidentemente, a todo hijo de madre, es decir los banqueros que vendieron bonos-basura o hipotecas subprime, pasando por los políticos que no supieron evitar la catástrofe, hasta llegar a los responsables de las agencias encargadas de controlar el sistema financiero y que permitieron el desbarajuste. Dado que lo mejor es predicar con el ejemplo y el patrón ofrecido por los antedichos ha sido tan constructivo, invito a todo quisque a esforzarse al máximo.-
Sin embargo he añadido un último término: ‘proporcional’. Según el diccionario de la RAE
y en lo que aquí interesa, proporción es la correspondencia debida de las partes de una cosa con el todo o entre cosas relacionadas entre sí. Y como yo opino que el sueldo esta íntimamente relacionado con el trabajo que cada uno desempeña, la correspondencia debida debe ajustarse a los parámetros monetarios que cada persona vea reflejados en su nómina. Es decir, que el máximo esfuerzo deberá aplicarse en función a como cada cual se sienta tratado, se sienta reconocido o se sienta respetado por la Administración para la cual trabaja y que nuevamente ha mostrado la sensibilidad que la caracteriza para con nuestros problemas.-

A VUELTAS CON LOS ÍNDICES CORRECTORES
 13-abril-2010

Por Maite
De nuevo se ha desatado la incertidumbre sobre la cuestión de los índices correctores. Y en esta ocasión la inquietud la ha generado cierta frasecita incluida en el último proyecto sobre normativa de Jornada Laboral en la Guardia Civil presentado por la Dirección General de los Cuerpos (el nuestro y el del CNP). Pero antes de entrar en materia, creo acertado poner en antecedentes sobre lo que significan tales índices correctores a día de hoy y lo que deberían significar en el futuro.-
Pues bien, actualmente (y al margen de la evolución histórica que han sufrido dichos índices, desde que fueron reconocidos por la derogada Circular nº 1/98), los denominados índices correctores se conocen por “Indicador de Servicios en Días Festivos y Horario Nocturno (ISFN)” y vienen regulados en el artículo 12 y ANEXO I del Texto Refundido de la Normativa que Regula los Incentivos al Rendimiento del Personal de la Guardia Civil (Anexo al BOGC número 36, de 31/12/2007). Y lo que viene a decir tal norma -en resumen- es que las horas de servicio desarrolladas en ciertos momentos puntuales, tendrán una especie de gratificación en especie (más concretamente en tiempo) y que dicha gratificación temporal se sumará separadamente de las horas de servicio ‘reales’ en periodos mensuales, sirviendo el resultado de esa suma para calcular la llamada ‘Productividad Funcional’.-
A su vez, el anteriormente citado ISFN, se subdivide en varias modalidades:
Horas nocturnas, que se multiplican por 0’25.-
Horas festivas, igualmente por 0’5.-
Horas de especial significación (HSES), que se multiplican por 1.-
Sucesión de mando (E12), multiplicadas por 1’75.-
Sucesión de mando (E13), ídem por 2.-
Los resultados parciales de estas multiplicaciones se suman conjuntamente y arroja un resultado X que será el ISFN en cómputo mensual. Para traducir ese resultado a dinero contante y sonante debemos trasladarnos al primer cuadro que viene recogido en la Disposición Adicional Tercera del Texto Refundido ya señalado. Si ese resultado es igual o menor de 10 se debería cobrar la modalidad F1 de Productividad Funcional incrementada en la cantidad estipulada para cada hora concreta.-
Cuando el resultado X es mayor de 10, se debería percibir la modalidad F2 más la cantidad estipulada para cada hora concreta. Y digo que se ‘debería percibir’ porque existe una pequeña salvedad, la que recoge el artículo 4.5 del Texto Refundido, que dice lo siguiente:
“Los jefes de unidad podrán proponer motivadamente la no percepción de las modalidades F1 y F2 de productividad funcional, y en su caso de los incrementos que sean de aplicación, para el personal que, en el periodo de devengo, consideren que no han alcanzado, en el desempeño de sus funciones, el grado adecuado de rendimiento, interés e iniciativa.”.-
Pues eso, que los conocidos ‘índices correctores’ sirven, en resumen, para transformar tiempo en dinero, con ciertos matices apreciables. Que dicho proceso de transformación puede ser interrumpido por los jefes de unidad, cuando lo consideren oportuno, y que el resultado monetario que arroja es tan miserable que casi podría considerarse un insulto.-
¿Qué es lo que se pretende? Pues muy sencillo. Que dicho resultado X cuente como horas de servicio normales y corrientes y que el exceso sobre las 37’5 horas semanales de servicio (en cómputo mensual) se cobre al mismo precio que cualquier otra hora de servicio ‘real’.-
Y para conseguirlo hace falta cambiar la normativa en vigor en el sentido que reconozca que el tiempo derivado de la aplicación del “Indicador de Servicios en Días Festivos y Horario Nocturno (ISFN)” cuente como tiempo de servicio efectivo y no como un factor para calcular la Productividad Funcional.-
Tal pretensión se ha encontrado con la negativa de la Dirección General del Cuerpo, causa por la cual los representantes de la AUGC en la Mesa de Trabajo sobre Jornada Laboral constituida para tratar esta cuestión, tomaron la decisión de levantarse de la misma el día 4 de febrero pasado y no acudir a la reunión del día 4 de marzo último. En este encuentro se presentó una nueva propuesta de normativa (de fecha 2/03/2010) que nuevamente dejaba al margen el tema de los índices correctores por lo que se entendió que las cosas no habían cambiado de forma significativa respecto a la reunión anterior y no existía motivo alguno para participar en una pantomima.-
El día 25 de marzo se congregó el Consejo de la Guardia Civil en pleno y entre las cuestiones que se presentaban había una modificación en la propuesta de normativa sobre Jornada Laboral. La variación afectaba a la norma Duodécima del proyecto, que genéricamente se refiere al régimen de turnos y más concretamente en el punto 3 que estaba redactado del siguiente modo:
El descanso semanal, acumulación del mismo y disfrute en fin de semana, vendrán determinados por el desarrollo de las cadencias que se establezcan.”.-
Y que con la modificación introducida quedaría redactado así:
El descanso semanal, acumulación del mismo y disfrute en fin de semana, vendrán determinados por el desarrollo de las cadencias que se fijen y la consideración de las horas nocturnas y festivas a través de los índices correctores que se establezcan.”.-
Después de la lectura, llego a las siguientes conclusiones. En primer lugar, lo obvio. Se trata de una propuesta que debe ser debatida y por tanto no es un hecho consumado, con lo que puede haber cambios en razón de otros aspectos que también deberían ser tenidos en cuenta. No toda la normativa sobre Jornada Laboral gira exclusivamente en torno a los índices correctores, aunque éstos se consideren esenciales.-
En segundo término mi extrañeza en la forma de introducir la modificación. No comprendo porqué está recogida en un artículo que trata del régimen de turnos y que afecta a “aquellas unidades que, en circunstancias normales, desarrollen una actividad funcional de secuencia regular y permanente y en las que el número de efectivos disponible lo haga posible…”. Quiere ello decir que aquellas Unidades no incluidas en tal definición no podrían disfrutar de los índices correctores que se establezcan. Supongo que será un fallo salvable ya que resulta incomprensible que a estas alturas quieran suprimir la aplicación de tales índices a la mayor parte del personal del Cuerpo.-
A mi modesto entender, la modificación introducida en el proyecto presentado en la última reunión del Consejo, debería haber estado incluida en la norma Sexta ‘Jornada general de trabajo’ de forma que recogiera que la jornada laboral del personal de la Guardia Civil será, genéricamente, de 37’5 horas semanales en cómputo mensual y que para hallar tal cómputo se sumarán las horas de servicio efectivo a las horas derivadas de los índices correctores ya establecidos. Y debo insistir en lo de ‘ya establecidos’ por lo que a continuación expondré.-
La tercera cuestión que no me gusta en todo esto es la parte relativa a los “índices correctores que se establezcan. Y me disgusta por la sencilla razón de que ya existen unos índices establecidos (los que expuse anteriormente), con lo que queda claro que están abriendo la puerta a una futura modificación, ante lo cual surge la siguiente pregunta… ¿modificación para mejor o para peor? Yo, por mi parte, soy pesimista en este aspecto ¿y Vds.? No obstante vuelvo a recordar que solamente afectaría a las Unidades sometidas a un régimen de turnos, es decir, aquellas que la Dirección General del Cuerpo determine (Norma Decimosegunda, punto 4 del proyecto).-
Y esto es así debido a que en la norma Sexta -ya mencionada antes- el único exceso horario que se contempla es el derivado de las horas ‘reales’ de servicio, en cómputo trimestral, estipulando que: El esfuerzo de referencia será proporcional a los días de disponibilidad para el servicio a razón de treinta y siete horas y media semanales, el cual se computará mensualmente. El saldo mensual resultante de la diferencia entre el esfuerzo de referencia del mes y el tiempo de servicio efectivamente prestado, medido conforme a las reglas de cómputo establecidas, se acumulará y, en su caso, compensará, a lo largo del período trimestral que corresponda.
Si al último día de cada trimestre el saldo fuera positivo, será retribuido, dentro de las posibilidades presupuestarias, mediante complementos legalmente establecidos, en la forma, según las condiciones y para el personal que se determinan en la normativa que regula el complemento de productividad y los sobreesfuerzos en la Guardia Civil”. Traducido al cristiano quiere decir que no se contemplan ni por asomo la aplicación de índices correctores de forma genérica al personal del Cuerpo. Es más, tal parece que se los quisieran quitar a quienes no estuvieran en Unidades afectadas por un régimen de turnos.-
En fin, que quienes han entendido que la Dirección General ha variado su opinión sobre los índices correctores, que se lo piensen dos veces antes de hacer saltar la liebre o intentar crear la engañosa impresión de que han conseguido algo positivo para algunos compañeros pero que lo rechazan porque entienden que la mejora debe alcanzar a todos. Esta última chapuza del Sr. Velázquez obedece, en mi opinión, a la presión política que está teniendo su mentor, Sr. Rubalcaba, por parte de la oposición y motivada por la postura firme demostrada por algunos en esta cuestión y no por la benevolencia de otros que siguen sentados a la mesa esperando que les pongan la comida delante de los morros. En esta empresa la comida te la tienes que buscar porque dar, lo que se dice dar, no te dan ni la hora.-

Sobre permisos urgentes en la nueva normativa.

Por Alberto García Llana        15-03-2010

Como es sabido, existe una nueva Orden general de vacaciones y permisos para el personal de la Guardia Civil (OG 7/2009). Existen todavía muchas cuestiones que aclarar respecto a la misma y su aplicación en el Cuerpo y una de esas cuestiones parece ser la relativa a los denominados ‘permisos urgentes’.-
Sobre este particular, el concepto de permiso urgente ya no existe. Por su parte deberíamos acudir a lo regulado en la antedicha OG, Sección TERCERA, Norma Decimotercera, punto 1,apartado a). Concretamente dice:
“1. Se concederán permisos por las siguientes causas justificadas:
a) Por el fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar por consanguinidad o afinidad”.-
Más adelante, en el mismo punto se recoge lo siguiente:
“Los citados permisos se concederán, con las adaptaciones reglamentarias queen su caso se realicen a las funciones y cometidos del Cuerpo, en análogas condiciones y duración que para los demás funcionarios se establezcan en el Estatuto Básico del Empleado Público y en las leyes reguladoras de la Función Pública de la Administración General del Estado que se aprueben en desarrollo del mismo”.-
Para conocer el alcance real de estos permisos debemos acudir a la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el cual recoge en su artículo 48.1.a):
“a) Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad.-
Cuando se trate del fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de dos días hábiles cuando se produzca en la misma localidad y de cuatro días hábiles cuando sea en distinta localidad”.-
Esto mismo ya estaba recogido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública, artículo 30.1.a) bis.-
En este tipo de permisos, a diferencia de las vacaciones, se consideran inhábiles solamente los domingos y festivos.-
En cuanto a los grados de consanguinidad, son los que se describen a continuación:
Primer grado.- Padre/Madre, Suegro/Suegra, Hijo/Hija, Yerno/Nuera.-
Segundo grado.- Abuelo/Abuela, Hermano/Hermana, Cuñado/Cuñada, Nieto/Nieta.-

OTRO CAPÍTULO DE LA SAGA ‘JORNADA LABORAL’

11-03-2010           Por Maite

El pasado 4 de marzo se vivió otro capítulo más del culebrón titulado ‘Jornada Laboral de algunos componentes de la Guardia Civil’. Digo algunos (la mayoría para ser más exacta) porque no a todos concierne este problema. Hay quien tiene la suerte de observarlo desde la lejanía con una sonrisa en la boca, contemplando los tiras y aflojas que se producen, a modo de un Gran Hermano en versión benemérita.-
Pues bien, para quienes se sientan involucrados en la cuestión, aclarar algunos aspectos de la misma sucedidos en la última reunión del grupo de trabajo (sucedáneo de Consejo del Cuerpo) desarrollada, como digo, el 4 de marzo.-
En el evento se presentó un nuevo borrador de Orden General para regular la jornada y horario de servicio del personal de la Guardia Civil. Acompañando la propuesta de la Administración, otro documento en donde se advertían las mejoras introducidas respecto a lo regulado en la actualidad. Ese documento ha servido de base a algunos para tratar de vender, a bombo y platillo, la ‘moto’ de que defienden los intereses del colectivo mejor que nadie y que en dicha reunión se han conseguido avances inéditos hasta la fecha. Analicemos con sosiego las supuestas ventajas que tratan de colarnos como ejemplo de buena gestión:
- Los denominados ‘turnos partidos’ tendrán carácter excepcional.- Dicha “mejora” ya estaba recogida en el anterior borrador, fecha el día 19 de noviembre de 2009. Es decir que de mejora nada. Por otra parte está lo del pretendido carácter excepcional, que no está afianzado de ninguna manera. Pongamos como ejemplo lo que recoge el párrafo siguiente del borrador, referido al tiempo de descanso tras cada servicio. Dice así: si, excepcionalmente, no se pudiera cumplir esta norma, se consignarán las razones que lo impidan en las observaciones del servicio al efectuar su nombramiento. Resulta claro que la excepcionalidad está más garantizada en cuanto al tiempo de descanso que en lo referente a turnos partidos. En resumen, que la mejora no parece tanta como la intentan vender.-
- Después de un servicio nocturno, descanso mínimo de doce horas.- Novedad que aparece en este borrador y que viene motivada en gran parte por la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, de plena aplicación al Estado Español, y que establece, entre otras significativas cuestiones, que “Los Estados miembros deben tomar las medidas necesarias para que todo trabajador pueda disfrutar (…) de un período mínimo de descanso diario de 11 horas consecutivas en el curso de cada período de 24 horas…”. Por lo que se, la Comisión Europea ha decidido denunciar a España ante el Tribunal de la UE por negarse repetidamente a que los miembros de la Guardia Civil puedan acogerse a la directiva descrita. Y yo me hago las siguientes preguntas ¿Qué pasa con los turnos de mañana y tarde? ¿Es tan eminente la mejora propuesta como para lanzar cohetes?
- Consideración de horas festivas/nocturnas cuando se tenga que alargar un servicio comprendido en esos tramos horarios.- Otra novedad introducida en este borrador y que resultaría apreciable si los “índices correctores” sirvieran para algo más que limpiarse el trasero, con lo que la mejora queda bastante desvirtuada mientras no se reconsidere el alcance real de dichos índices. Por otra parte me sigue llamando la atención el hecho de que las horas festivas empiecen a contar desde la 15’00 horas y no desde las 14’00 que es cuando, tradicionalmente, comienzan los servicios de tarde en la Benemérita. Herencia de la normativa del Cuerpo Nacional de Policía. Una normativa que, para lo bueno, olvidan a su conveniencia.-
- Se definen las horas de ‘especial significación’.- No constituyen ninguna novedad en nuestra normativa, por tanto venderlo como supuesta mejora es una falta de respeto.-
- Descanso semanal de 48 horas mínimas de duración a las que se deben sumar hasta ocho horas del último servicio prestado.- Otra novedad recogida en este borrador que, en comparación con lo regulado ahora significa un avance, aunque se olvidan de que, según la propuesta de la propia Administración, los servicios nocturnos van seguidos de 12 horas de descanso mínimo.-
- Posibilidad de disfrutar un descanso continuado al mes de al menos 104 horas.- Considerando lo anterior, deducción lógica a la que se llega realizando una simple suma.-
- Posibilidad de descansar un fin de semana de cada cuatro.- Ya estaba recogido en el borrador de noviembre de 2009, así que de mejora, nada de nada.-
- Previsión del servicio mensual con horario de inicio y final.- También estaba recogido en el anterior borrador, eso sí con la coletilla de “siempre que sea posible”.-
- Los festivos nacionales, autonómicos y locales tendrán la consideración de días deducibles y, caso de prestar servicio, se compensarán con un día de descanso adicional.- Vaya por dios, también estaba recogido en el anterior borrador. Está bien que contemplen el derecho al disfrute de unos descansos existentes para otros funcionarios de la Administración, sobremanera cuando ciertos componentes del Cuerpo llevan años haciendo uso de ellos y ocasionando un agravio comparativo al que se debe poner freno de una vez. Dicho esto, también cabe decir que considero incompleta la regulación. Dicen los borradores que esos días tendrán carácter deducible del tiempo de servicio de referencia, pero ¿cómo se traslada eso al programa SIGO? Pues la Administración propone una manera que resulta bien acogida por algunos, incluso hacen cálculos de las horas de servicio que, en teoría, se van a dejar de hacer. Aviso a navegantes: cuidado con las cuentas de la lechera… ¡¡Ah, por cierto!! La regulación de esta materia lleva siendo solicitada (por escrito y con el consecuente razonamiento) por los representantes de la AUGC desde hace años. Quien quiera  adjudicarse su paternidad que lo haga aportando las pruebas pertinentes.-
- Se reconoce el régimen de turnos.- Otra supuesta mejora ya recogida en el anterior borrador. Aplicable a muy pocas Unidades y al libre albedrío de la Administración en cuanto a qué Unidades disfrutarán este sistema y la cadencia de los turnos, así que abróchense los cinturones.
Otra cosa, a los integrados en este sistema no les será de aplicación el reconocimiento de los festivos nacionales, autonómicos y locales. Tampoco el tiempo de duración de los descansos. Ni lo del descanso acumulado, por ende. Igualmente no les será de aplicación lo de un fin de semana cada cuatro, ya que todas estas cuestiones vendrán dadas por el sistema de turnos que se establezca por la Administración. Veremos a ver qué pasa.-
Se dice, se comenta, que el General de la mala leche cambió el discurso sobre el tema de los índices correctores, diciendo que había poco margen de maniobra, en contraposición con la tajante negativa de un mes antes. Sobre ello señalar que en esta reunión sí estaba presente la Directora del Gabinete del Director General y por tanto quien dirigía el encuentro no era él. Por otra parte su mentalidad no ha cambiado, sigue siendo contraria a nuestra propuesta. Lo que ocurre es que después de lo ocurrido en febrero ha templado gaitas, que se dice. En cualquier caso, dicho temple ha sido propiciado por la actitud de los que se levantaron de la mesa y no por la comprensión mostrada por otros.-

En definitiva, pocos avances significativos respecto a otras propuestas y, en mi opinión, motivados por la firmeza de unos pocos. No obstante respecto al objetivo principal, que no es otro  que una regulación laboral en igualdad de condiciones que el CNP, ningún avance. Y esa sí que es la mejora que quieren ver la mayoría de los componentes de la Guardia Civil. Por ello finalizo con un ruego… ¡¡A VENDER MOTOS A OTRA PARTE!!.-

LA PELA ES LA PELA.

23-02-2010

Por Maite
También podría haber titulado este artículo como ‘poderoso caballero es don dinero’ o, haciendo uso de mi escaso bagaje de la lengua inglesa ‘money talks’. O quizás mas acertado sería adecuar el dicho a los tiempos que corren y haberlo bautizado como ‘el euro es el euro’. Títulos aparte, el motivo de esta reflexión pública se centra mayormente en el asunto de la jornada laboral de los miembros de la Guardia Civil y de cómo, en mi opinión, el vil metal se convierte en obstáculo para regular un asunto que lleva dos décadas de retraso respecto a otros cuerpos policiales, en especial del Cuerpo Nacional de Policía.-
Y opino de tal forma porque después de reflexionar detenidamente sobre la cuestión no creo que haya otros impedimentos insalvables para aplicar los mismos parámetros laborales que rigen en el Cuerpo hermano, tan solo excusas que pretenden desviar la atención de las verdaderas motivaciones ocultas que impiden una reforma que resulta ya inaplazable.-
Centrando el objeto del debate, resulta necesario preguntarse que ocurriría de aplicarse lo que comúnmente se conoce en círculos beneméritos como ‘las 144 horas’ y que no es otra cosa que sumar a las horas de servicio las que se deriven de los índices correctores. De principio deberían desaparecer, por carentes de sentido, los sobreesfuerzos por prestación del servicio en días festivos y horario nocturno (sustituyéndolos por una Productividad que remunere la turnicidad), permaneciendo únicamente los sobreesfuerzos por superación del tiempo de servicio de referencia.
Es decir que, ateniéndonos a la normativa actual, sumaríamos las horas de servicio de un trimestre (índices correctores incluidos) y las que superen el tope establecido para el trimestre en cuestión, serían abonadas según el cuadro que figura en la página 12 del Texto Refundido de la normativa que regula los incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil (Anexo al BOGC número 36, de fecha 31/12/2007). Consulten ustedes y opinen sobre ello.-
Las consecuencias de lo expuesto podrían ser dos: o adelgazan las horas de servicio o bien engordan las nóminas. Dado que los inconvenientes oficiales se centran en que la aplicación de las ‘144 horas’ conllevaría una reducción del servicio que se presta al ciudadano y dado que para los miembros del Instituto el servicio es lo primero… ¡¡no problemo!! (copyright by Terminator)… a iguales horas de servicio que se hacen en estos momentos, mayor superación acumulada en el trimestre del tiempo de servicio de referencia, que dice la norma y, por supuesto, incremento en las retribuciones que perciben los atribulados guardias civiles que realizan servicio operativo.-
Pero claro, ¿de donde sacar más dinero, máxime en época de crisis? Pues de la talega de la Productividad, por supuesto. Algunos dirán que no hay fondo para tanto estipendio y yo contestaré que haciendo bien todas las cuentas (las de las horas de servicio, las de gestión del personal disponible y las de abono de sobreesfuerzos), cualquier cosa es posible si media voluntad de solucionar el problema.-

LEVANTARSE DE LA MESA
 6-02-2010

Por Maite

Realmente no quedaba más remedio que levantarse de la mesa. La broma no podía llegar más lejos. El margen de confianza se había agotado ya y nadie puede acusar a los representantes de la AUGC de falta de paciencia. Hasta el santo Job se sentiría orgulloso del temple de los mismos. Pero al final tanto han tensado la cuerda que la ruptura se ha escenificado en forma de abandono de la mesa de ¿negociación?. Bueno, en realidad hay que ser muy optimista para definirla de tal guisa, más bien digamos que se trataba de un trozo de madera en donde se exponían opiniones para que finalmente se hiciera lo que quieren los de siempre, los que están acostumbrados a pisotear la dignidad de sus subordinados mientras se las arreglan para llenar sus bolsillos y engordar su peso a base de placas metálicas pensionadas.-

            Vergüenza y conciencia son términos ajenos al vocabulario de estas personas y, a lo sumo, son utilizadas en labores de aseo personal, previas a la subida de calzones. Vergüenza ajena es lo que sienten en estos momentos la mayoría de componentes de la Guardia Civil y otras personas que apreciamos este Cuerpo y a sus integrantes. En cuanto a la conciencia, eso es precisamente lo que han tenido los compañeros y compañera que se han levantado de la mesa y han dejado con la palabra en la boca a quienes pretendían nuevamente negar el pan y la sal a los y las guardias civiles.-

            Acabamos de terminar un año nefasto para la mayor parte de funcionarios beneméritos. Se han quedado a dos velas con la productividad por objetivos, mientras ven como sus compañeros del Cuerpo Nacional de Policía se embolsan una media de 480 euros. Los sobreesfuerzos del tercer trimestre han sido percibidos por muchos en enero de este año y en algunos casos hasta mal pagados. Los sobreesfuerzos del cuarto trimestre serán retribuidos en el mes de… (no soy adivina). Por el contrario, los Coroneles se incrementan el salario de manera descarada, de igual forma de descarado es el reparto monetario de la ‘productividad’. O si no, ¿por qué no ha habido  fondos para los objetivos ni los sobreesfuerzos de casi medio año? ¿Quién se lo ha llevado? ¿Quién ha hecho los cálculos pertinentes de tal desaguisado?.-

            No olvidemos el tema de las vacaciones. Mal planificado, peor ejecutado (todavía se ignoran muchos parámetros sobre el tema), sin conversaciones previas, sin tener en cuenta la forma tan particular de prestar servicio en la institución, con una arrogancia solamente comparable con la ignorancia y realizando un ‘corta-pega’ de normativas similares como si fuera la solución al problema. Pues el problema no se ha solucionado, amigo Velázquez. Va a ser que lo has complicado aun más, aunque ello pareciera utópico. Menuda maña os dais los políticos a la hora de enredar hasta lo más sencillo.-

            Y ya que me dirijo a ti, señor Francisco, te diré que considero una gran falta de respeto tu ausencia en la reunión de ayer, día 4 de febrero de 2010 (procura recordar la fecha, porque me parece que te va a lastrar durante mucho tiempo). Enviaste a otra persona en tu lugar, la cual tuvo la no menor deferencia de llegar tarde, con lo que la voz cantante correspondió a Pascual, al quien por cierto se le amargó la leche. Y como esto de dialogar e intercambiar opiniones con ‘inferiores’ no es costumbre, ocurrió lo inevitable. Quienes tenían las ideas claras dijeron lo que la mayoría de compañeros deseaban que dijeran… ¡¡basta ya!! levantándose de sus asientos. Reina la incertidumbre en la reunión y alguno se pone muy nervioso. Supongo que no esperaban algo así de unas personas sometidas a una férrea disciplina y lo único que se le ocurre al de la mala leche es cuasi ordenarles que se queden en su sitio, recordándoles que están en comisión de servicio con derecho a indemnización, como si su proceder fuera un desfalco de las arcas públicas. Si me lo permites, señor del Real Decreto 1279/2007, te aconsejaría que mires más a tu alrededor, a los que más cerca de ti están y les dirijas las mismas palabras. De hecho, mira tu nómina y reflexiona antes de intentar predicar. En cuanto al dinerito de la comisión de servicio de los compañeros y compañera, haces lo mismo que con la vergüenza y la conciencia. Estoy segura que nos les importarán pagarlo de su bolsillo. En cualquier caso te daría vértigo saber cuántos compañeros y compañeras se mostrarían dispuestos a ayudarles en tal cometido.-

            Mientras todo esto sucedía, algún otro comisionado presente mostraba su conformidad con la ‘oferta’ realizada por la Dirección General. Le parecía buena y un avance para el colectivo. Espero y deseo que tenga los arrestos de seguir defendiendo esa opinión y de explicar el porqué de la misma, aunque seguramente le verá las orejas al lobo y finalmente se apuntará a las tesis de ‘la mayoritaria’ (como les gusta decir) y acusará de traidores a los que se levantaron por no avisar con antelación. Pues tuvo cinco minutos para reflexionar antes de que el señor del tomate frito les diera la venia para abandonar el lugar.-

            En definitiva, la cosa se está torciendo y mucho. Ignoro si el natural de Castilblanco de los Arroyos intuía lo que acontecería y por ello no quiso dar la cara, pero lo cierto es que el crédito, a semejanza de lo que ocurre en el sector bancario, se ha agotado y salvo alguna maniobra política rápida y acertada mucho me temo que vamos a tener que alquilar autobuses a no mucho tardar.-

CIONE, el nuevo Santo.

4 de febrero de 2.010

Por Maite

            Cuenta una leyenda (que me acabo de inventar, por cierto), que el Director General Benemérito ha propuesto para subir a los altares a un tal Cione cuya máxima virtud, al parecer, residía en aplicar penas como consecuencia de conductas que suponían infracción de las normas existentes, tanto morales como legales. De tener éxito la iniciativa, el santoral contará con un nuevo inquilino, San Cione. La razón del repentino interés del remedo pintor por aumentar la hagiografía es debida, según fuentes insolventes, a la inusual obsesión correctora que ha anidado en sus neuronas desde que accedió al puesto de sucesor del señor Francisco Javier María de la Paz Bernardo Eulogio Juan Nepomuceno Girón y Ezpeleta Las Casas y Enrile.-

            La última de sus andanzas data de hace unos días, cuando el parásito que ha encontrado cobijo en Guzmán el Bueno (junto al mallorquín que antes calentaba su sillón), decidió calificar como actividad sindical la presencia de varios componentes de la Guardia Civil en la manifestación convocada y desarrollada por los sindicatos policiales el pasado día 18 de octubre de 2008, imponiendo una sanción de seis meses de suspensión de empleo a los vulneradores de la norma moral. Y digo ‘moral’ porque a mi entender no existe norma legal alguna que hayan vulnerado con su actuación los sancionados.-

            Tal es así que incluso el interfecto llegó a enmendarle la plana a la instructora de uno de los expedientes que tuvo la ‘osadía’ de calificar como derecho de todo ciudadano el de manifestarse libremente, como extensión de la libertad de expresión. ¡¡A quién se le ocurre!! Mira que considerar ciudadanos a los/las guardias civiles… ¿y lo próximo que será? ¿considerarlos personas?. Era patente que se debía de actuar con contundencia para disipar posibles dudas sobre cual es el sitio que deben ocupar los miembros del Cuerpo en este Estado de Derecho que tanto nos ha costado levantar y con tanto esfuerzo tratamos de mantener, gracias a los políticos que nosotros mismos hemos aupado al poder o a su vera.-

            Esos mismos políticos que aprobaron en su día una Ley Orgánica (la 11/2007) que reconoce el derecho de los componentes de la Guardia Civil a asistir a manifestaciones, siempre que prescindan del uniforme y las armas, tratan ahora de acotar -casi restringir- el uso de tal derecho realizando interpretaciones torticeras de la ley y, en base a las mismas, aplicar castigos con la pretensión de ejemplificar y amedrentar a los futuribles participantes de actos similares. Esto me recuerda el cuento popular de la zanahoria y el garrote, con la notable diferencia de que en este caso nos ponen la zanahoria delante de la boca y cuando le damos un mordisco a la hortaliza nos miden las costillas con el palo.-

            Tampoco supone una gran novedad esta forma de actuar. Se lleva utilizando en la Benemérita desde la época de Narváez y constituye una tradición más de las muchas que jalonan la institución. Lo que sí se puede considerar primicia es el intento de canonizar tal forma de proceder, otorgándole unos visos de virtuosidad de los que, a todas luces, carece.-

            En fin, en esas andamos. Por un lado los componentes de la Guardia Civil intentando ejercer sus derechos y por el otro su máximo dirigente tratando de impedirlo mientras hace hueco al lado de la Virgen del Pilar para ubicar su beato de nuevo cuño… San Cione.-

PD.- Dedicado a los sancionados por la manifestación del 18 de octubre de 2008.-

El corral del Koala.

Por Maite

            Koala (Phascolarctos cinereus) es el nombre común de un marsupial arborícola, originario de Australia. También resulta conocido en nuestro país el cantante Jesús Rodríguez, bajo el nombre artístico de ‘el koala’.-

            Menos conocido a nivel general, pero sí en ámbitos beneméritos, tenemos otro ‘koala’, sobrenombre adjudicado (a su pesar, imagino) a una persona con ciertas responsabilidades en una Comandancia sureña. Sobre este individuo se han dicho muchas cosas hasta el momento y la mayor parte de ellas no son alabanzas precisamente. Presente de forma constante desde hace meses en los foros de guardias civiles tal parece que, a semejanza del cantautor, le haya dicho a papá Varela cuando le envió allende de Despeñaperros, aquello de “opá yo viazé un corrá”. En este caso a orillas del Guadalquivir.-

            Y en esas estamos, con el corral construido y fuertemente defendido a usanza de las buenas tácticas antiterroristas que en sus tiempos aprendió en El Escorial y alrededores (la casita del príncipe, Abantos, la presa de Batán…). Cuentan las crónicas que los colegas del SUP afirmaron en su momento que llevaba el paso cambiado, cosa impropia y poco estilosa en un militar de su alcurnia y que quizás deba ser achacado a que, llegados a cierta categoría, uno marca el paso como le sale de las estrellas y lo que deben hacer los demás es adaptarse o largarse.-

            Buceando por las hemerotecas me topo con una entrevista en la que nuestro protagonista afirma que el porcentaje de bajas en su corral se sitúa en el 4’5%. Aquello ocurría a finales de 2006, recién llegado a las faldas de Sierra Morena. Sin embargo no he podido constatar el porcentaje desde esa fecha, aunque he visto comentarios alarmantes sobre este particular que, por no contrastados, mejor obvio.-

            Esas mismas hemerotecas reflejan un dato curioso. Recién tomado el mando del corral decía que el personal destinado en el mismo era de 1.200 agentes pero debería incrementarse hasta los 1.400. Sin embargo, a principios de 2009 un diario sitúa la cifra en 1.100 agentes, de los que 650 hacen servicio en la calle. Ya se sabe que algunas veces las cifras que salen en los noticieros no se ajustan demasiado a la realidad, pero de ser así no se puede decir que su gestión durante este tiempo haya sido muy acertada.-

            Sus problemas con la AUGC son sobradamente conocidos y no me corresponde a mí analizarlos. Solamente mostrar mi apoyo a la Junta Directiva Provincial de la Asociación porque soy conocedora de su buen hacer, de su compromiso por el bienestar de todos los compañeros y de su calidad humana.-

            No obstante como antiguo profesor y miembro del Estado Mayor Benemérito (él, no yo, por supuesto) me gustaría recomendarle la lectura de un artículo escrito por un Oficial del Instituto y publicado en los Cuadernos de la Guardia Civil. Su autor quizás le suene de algo, se llama José Ignacio Criado García-Legaz y el título de su ensayo “El liderazgo situacional: Herramienta de mando policial”. Dice así:

"La eficacia de un directivo policial se soporta sobre dos pilares: su capacidad para entender a la gente con la que ha de trabajar, autoridades, colaboradores y subordinados, y su habilidad para emplear con cada uno de ellos el estilo de liderazgo más adecuado" (Robert F. McCarthy). El Liderazgo Situacional es una teoría completa y científica sobre el liderazgo que parte de la premisa de que los integrantes de las organizaciones sienten el íntimo deseo de desarrollar sus aptitudes, de participar en el proceso de toma de decisiones y de colaborar para el éxito de la organización, reservando a los directivos de la organización la responsabilidad de mejorar el rendimiento, entendido como suma de eficiencia y eficacia, y la satisfacción de los integrantes de la misma, postulando que el éxito de todo directivo viene condicionado por su capacidad de adaptar su modo de ejercer la dirección a la situación de su interlocutor en cada momento concreto, singularmente la situación de sus subalternos ante el objetivo, función, actividad o cometido concreto a desarrollar. La teoría del liderazgo situacional sostiene que no existe un estilo de liderazgo mejor que otro, pero que en cada caso sí existe una actitud directiva mejor que las demás, aportando a quien está llamado a ejercer el mando una metodología sencilla para seleccionar el estilo más idóneo en esa ocasión.-

            Pues eso, maestro, que te apliques el cuento y dejes de hacer corrales, pasándote a otra canción de ‘el koala’, denominada “Soy albañil” y te pongas a construir algo de una vez.-

COMPLEMENTO DE ZONA CONFLICTIVA

Por Alberto García Llana

Muchos componentes del Cuerpo que han estado en comisión de servicio en Navarra y País Vasco durante los últimos años no percibían la cantidad total que se abona en concepto de Zona Conflictiva. Esta situación se prolongó durante bastante tiempo hasta que el pasado año una Resolución de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones de fecha 26 de noviembre de 2008 aprobó una modificación en el Catálogo de Puestos de Trabajo de la Guardia Civil, que supuso el incremento del Complemento Específico de Zona Conflictiva (ZoCon) del personal que desempeña una comisión de servicio en dichas Comunidades Autónomas, de tal modo que con efectos económicos de 1 de diciembre de 2008 cobran el mismo Complemento que el personal allí destinado.-

No obstante, aquellos miembros de la Guardia Civil que con anterioridad a la entrada en vigor de la Resolución señalada hubieran terminado su comisión de servicio y, por lo que yo se, incluso los que la hubieran iniciado meses antes del 1 de diciembre de 2008, se han visto abocados a la vía contencioso-administrativa para tratar de percibir la totalidad de ZoCon que legalmente les corresponde.-

Pues bien, para aquellos que todavía estén en dicha vía contenciosa en reclamación de dicha cantidad monetaria, una buena noticia. La Abogacía del Estado remitió a principios de año una consulta a la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, mediante la cual solicitaba autorización para ‘allanarse’ a las demandas presentadas en los recursos contencioso-administrativos que se siguen en la Sección Sexta del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuestos por guardias civiles frente a resoluciones desestimatorias de abono de la totalidad del Complemento Específico de Zona Conflictiva durante comisiones de servicio en el País Vasco y Navarra. Dicha autorización fue concedida y por tanto los Abogados del Estado intervinientes en este tipo concreto de demandas están comunicando al Tribunal su ‘allanamiento’ a las peticiones efectuadas por la persona demandante.-

Para que se entienda bien el término jurídico ‘allanarse’, diré que el significado es el de mostrar conformidad con la petición contenida en la demanda por parte del demandado. Lo que en la práctica consiste en que el propio Abogado del Estado solicita al Tribunal que se estime la demanda presentada, con el reconocimiento expreso de cobro de la totalidad del CES de Zona Conflictiva por el periodo de tiempo en que se hubiera estado en comisión de servicio.-

Si alguien ha estado en comisión de servicio en el País Vasco o Navarra en los últimos cuatro años y no hubiera cobrado la totalidad de ZoCon, tiene una buena oportunidad para reclamarlo. Ya saben que en AUGC los trámites son gratuitos.-

ORA ET LABORA (REZA Y CURRA)

Por Maite

            No hay otra salida, por desgracia. Viendo el borrador de normativa sobre jornada laboral que ofrece el preclaro Director General a los miembros de la Guardia Civil, pocas alternativas les quedan, aparte de emular a San Benito, acuñador de la máxima que da título a estas líneas.-

            Mientras los componentes de la Benemérita claman por una jornada laboral acorde con la de sus compañeros del Cuerpo Nacional de Policía, dependientes de la misma Dirección General, desde los despachos de Guzmán el Bueno les arrojan un panfleto incomible cuya única virtud reside en aunar cierta normativa dispersa para que resulte mas sencilla su lectura, pero que sigue siendo más de lo mismo. Jornadas laborales en cómputo mensual que, caso de ser superadas, podrán compensarse dentro del trimestre. Adelantos del servicio por meses, si no hubiera ‘causas sobrevenidas’. Publicación del servicio del día siguiente antes de las 15’00 horas de la jornada anterior. Índices correctores que devienen en productividades de a tres euros la hora. Agravios abisales entre quienes hacen servicio operativo y administrativo. Mínima compensación para los afortunados que trabajen los días festivos de carácter nacional, autonómico o local. En fin, nada destacable que justifique la publicación de una nueva normativa.-

            Por su parte, los negociadores de la Administración ponen carita de disgusto cuando en las escasas reuniones que se dignan mantener con los representantes electos del colectivo oyen cosas como ‘tomadura de pelo’ y ‘poca vergüenza’ en referencia a las normas ya firmadas y publicadas o a los proyectos que pretender aprobar, utilizando como argumento en su favor que dichos representantes se niegan a aceptar propuesta alguna. Vamos a ver si lo entienden de una vez por todas: nada hay que aceptar cuando nada te ofrecen. Y eso es lo que ha estado sucediendo hasta ahora. Ofrecimientos vacuos envueltos en bonito papel de celofán que no mejoran ni un ápice las miserias actuales.-

            Y no es que se esté solicitando lo imposible. Simplemente lo que está regulado desde hace años en el otro Cuerpo dependiente de la misma Dirección General, adaptado en lo que fuera menester a las especiales condiciones de trabajo reinantes en la Benemérita. No hay excusa para no aceptarlo. Frente a los alarmistas que sostienen la trasnochada tesis apocalíptica según la cual otorgar los mismos derechos a los funcionarios de ambos Cuerpos de Seguridad del Estado conllevaría un detrimento en la calidad del servicio que presta la Guardia Civil, baste recordar que cuando entró en vigor la jornada laboral de 37’5 horas semanales -con muchos años de retraso respecto al resto del funcionariado- no ocurrió nada de eso. Lo mismo que cuando se redujo el cupo para disfrutar permiso por parte de los guardias civiles de la Escala Básica pasando de uno por cada siete a uno por cada cuatro. No se cayó el cielo sobre nuestras cabezas, simplemente hubo que reorganizarse y adaptarse a la nueva situación. Sirvan estos dos simples ejemplos como calmante para histéricos y pesimistas.-

            Influyen en la situación actual, a mi modesto entender, varios factores. Tenemos por un lado la negación de la realidad. Aquellos que se empeñan en que la Guardia Civil continúa funcionando como hace 165 años e insisten en hacer las cosas a su manera, sin contar con la opinión del colectivo. Por otra parte está la cuestión del Consejo de la Guardia Civil, del que ya he tratado en anteriores ocasiones y siempre en los mismos decepcionantes términos. Un órgano percibido por los altos responsables como una ilegítima intromisión en su tarea de ‘ordeno, mando y hago saber’ y que por tanto está siendo sistemáticamente ninguneado. Y se debe tener en cuenta también la vertiente negociadora de toda nueva norma. La Administración -y con ella sus representantes- son expertos en estas lides, de lo contrario no se sentarían en una mesa a dialogar. Saben perfectamente que no deben ceder un ápice, aunque lo consideren justo y necesario. Es más, conseguir recortar alguno de los derechos reconocidos a los trabajadores sería considerado un punto a su favor, y eso no es moco de pavo. Afrontan las negociaciones como si se tratara de una batalla. Cada palmo de terreno debe ser defendido hasta la última gota de sangre, sin concesiones. Si no queda más remedio que retroceder en un aspecto, debe ser contrarestado con un avance en otro diferente. Ellos, al fin y al cabo, son unos mandados y deben rendir cuentas a sus superiores (jerárquicos o políticos). Y a nadie le gusta presentarse ante quien manda con un mal bagaje. Si a todo lo anterior se le suma el hecho conocido de que en la Guardia Civil no se ha logrado el derecho a negociar nada de nada, el futuro se presenta muy negro.-

            Mis mejores deseos para los miembros del Instituto, pero me temo que a la mayoría no les queda mas remedio de laborar y orar. Rezar -y mucho- para no desandar parte del camino hecho.-

Vacaciones , Permisos y buena voluntad.

Por Maite

            Hace escasas fechas se ha conocido la normativa sobre vacaciones, permisos y licencias de los miembros de la Guardia Civil que la Dirección General pretende aprobar. Dado que, cuando esto escribo, todavía no ha entrado en vigor la susodicha, existe margen de rectificación o mejora de una futura regulación un tanto chapucera.-

            Lo primero que salta a la vista es que esta norma tiene rango de Orden General y no de Orden Ministerial, tal era la primigenia intención. Y aunque la diferencia no sea abismal, sí que transmite mayor seguridad jurídica la segunda opción descrita que la primera. Por otra parte y en orden a ser lo más justa posible, debo reconocer que una Orden General puede ser corregida con mayor facilidad cuando afloren los claros desajustes que ya se observan en el enunciado de la misma.-

            Cuando leo el proyecto me da la impresión que las personas encargadas de redactarlo están un tanto alejadas de la realidad cotidiana que afecta a la mayoría de guardias civiles, apreciación que me sucede con la práctica totalidad de las normas que se aprueban, pero que ya no tiene escusa porque en estos momentos existen mecanismos suficientes para pulsar las necesidades e inquietudes de todo el colectivo y que solamente requiere buena voluntad para buscar soluciones prácticas y modernas. Si no se hace es, precisamente, por ausencia de esa buena voluntad referida, lo que nos conduce inexorablemente al malestar general y a unas consecuencias no deseadas por nadie.-

            Puedo entender que la intención de la Dirección General sea aplicar en la Guardia Civil los parámetros imperantes en el funcionariado civil, lo cual me parece muy bien, siempre que se tenga en cuenta la particular manera de trabajar en la Benemérita. En este Cuerpo la mayoría de sus trabajadores realizan servicio en diferentes turnos, pero dichos turnos -salvo raras excepciones- no siguen un patrón lógico sino que están supeditados a las necesidades del servicio y en muchas ocasiones al libre albedrío de la persona encargada de nombrarlo. Sin embargo, no hace falta recordar que ciertos componentes del Cuerpo sí tienen delimitados sus turnos y resulta muy raro verlos laborar en sábados, domingos o festivos. Existe por tanto, y sin necesidad de ser un lumbreras, una patente descompensación entre trabajadores del mismo sector que no ha querido ser mitigada en el proyecto anunciado. Alternativas hay y así se vienen solicitando desde hace tiempo, como por ejemplo aumentar el cupo de días hábiles de vacaciones o días de permiso por asuntos particulares a quienes realicen -de verdad- servicio operativo. Tan solo hacía falta un poco de buena voluntad.-

            Una muestra de lo antedicho la podemos encontrar en la normativa del Cuerpo Nacional de Policía. La Orden General del citado Cuerpo número 1777, de 13/07/2009, sobre vacaciones, permisos y licencias de los funcionarios del CNP, recoge en su artículo 1.2 ‘modo de disfrute de las vacaciones’, apartado b): “Los funcionarios que presten servicios en turnos rotatorios completos se regirán igualmente por la regla anterior. No obstante, para estos funcionarios empezarán a computar los días de vacaciones, una vez que hayan disfrutado los días libres que les correspondan por el turno completo realizado”. ¿Es posible algo semejante para quienes realizan servicio operativo en la Guardia Civil? Por supuesto que no, lo que introduce un factor de agravio para la mayoría de guardias civiles que no ha querido ser mitigado por los creadores de la norma.-

            Continuando con los agravios del personal que realiza servicio operativo, no se ha reparado en los días festivos de carácter nacional, autonómico o local que otros componentes del Cuerpo disfrutan sin problemas. Son 14 al año y aunque no cuenten como hábiles a efectos de vacaciones sí que cuentan a efectos de permiso por asuntos particulares. La solución no es tan complicada y se resume en la siguiente propuesta: cada día festivo no disfrutado por un componente supone el incremento de un día del crédito de permiso por asuntos particulares. Caso de trabajar el 24 o el 31 de diciembre -cuando no sean de por sí festivos, sábados o días no laborables-, entre las 22’00 y 6’00 horas del día siguiente (sea cual sea la cantidad de horas de servicio) añadiría un día adicional de permiso por asuntos propios, acumulable al cupo del año siguiente.-

            De igual manera me resulta incomprensible que si un miembro del Cuerpo no disfruta la totalidad de días hábiles de vacaciones no se acumulen de manera automática en el crédito del año posterior, sin embargo si se excede dicho crédito anual se deducen sin más trámite del crédito anual posterior. Soy consciente que una medida como la que propongo está sujeta a picaresca como también se que las vacaciones, a diferencia de los permisos, es un derecho de todo trabajador y si alguien desea no usar la totalidad de su crédito para acumularlo con el del año venidero, habría que prever tal posibilidad, acotando lo máximo posible las malas prácticas que se pueden originar. Se podría haber regulado, si hubiera habido una migaja de buena voluntad.-

            No veo por ninguna parte el cupo máximo de disfrute de vacaciones. La norma décima del proyecto dice que la Dirección General lo determinará, supongo que en una norma de rango inferior. Sin embargo en estos momentos está precisada en una norma de igual rango que el proyecto, es decir por una Orden General, concretamente la 10/2005. Ignoro la razón del ¿descuido?, aunque me gustaría que tuviera algo que ver con lo recogido en la norma novena del boceto y que estipula que se establecerán tres turnos de vacaciones entre julio y septiembre para que todo el personal que lo desee pueda disfrutar vacaciones en esa época. ¿Es eso una premonición del aumento del cupo?, ya veremos si hay buena voluntad.-

            Y en lo referente a los permisos en Navidad y Semana Santa se han olvidado de algo muy importante. El Acuerdo de 22 de febrero de 1989, en su apartado 3 acerca de la ‘Jornada de trabajo en el Cuerpo Nacional de Policía’ estipula que los miembros de este Cuerpo: “…disfrutarán de un permiso de tres días de servicios consecutivos, tanto en época de Navidad como la de Semana Santa”. Parece ser que se han olvidado de recoger esto en el proyecto para la Guardia Civil. Como en la Benemérita no hay negociaciones y no se puede llegar a acuerdos, pues a jo…robarse. Eso sí que es buena voluntad manifiesta.-

            Con todo lo anterior y lo que surja cuando esta norma se someta a periodo de rodaje no me extraña que no sea del agrado de la mayoría de componentes del Instituto. Como este proyecto será aprobado sin modificaciones, solo nos quedará comprobar si en un futuro cercano existe la suficiente buena voluntad que ahora ha faltado para acometer los cambios precisos para hacer justicia a la mayor parte de miembros del Cuerpo, aunque solo sea en lo referente a vacaciones y permisos.-

Nueva Sentencia sobre Socorros Mutuos.

Por Maite

            En el mes de septiembre de 2008 el Tribunal Supremo dictó una Sentencia sobre la Asociación Socorros Mutuos de la Guardia Civil en la que reconocía el derecho de un miembro del Cuerpo a causar baja de la misma. Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha fallado del mismo modo sobre la petición de otro compañero, reconociendo el derecho de éste a darse de baja de la repetida asociación nada menos que desde enero de 2006.-

            Lo interesante del nuevo pronunciamiento judicial reside en el reconocimiento del cambio operado por la sentencia del Supremo sobre este particular. De tal manera que la Sección Cuarta de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña reconoce que:

“Esta Sentencia supone un cambio radical de las posturas que se estaban asumiendo por todos los Tribunales de Justicia con respecto al objeto y finalidad pública y obligatoriedad de pertenencia a la Asociación de los miembros de la Guardia Civil. El Tribunal Supremo después de repasar la estructura, fines y organización de la Asociación, concluye que esta entidad, de constitución preconstitucional, ha quedado ya superada por cuanto su finalidad se puede alcanzar por instituciones de previsión y aseguramiento, con lo que no puede considerarla adaptada ni a la Ley de Asociaciones de 2002, ni a la Ley de Ordenación de Seguro Privado de 1995, con lo que considera vulnerado el derecho de asociación en su vertiente negativa con respecto al derecho a no asociarse”.-

Más adelante indica que, a la vista de esta nueva visión de la Asociación Socorros Mutuos de la Guardia Civil, cabe considerarla como una entidad corporativa no territorial y que los fines que persigue pueden ser cubiertos perfectamente sin tener que obligar a nadie a pertenecer a la misma,  por lo que el antedicho TSJ de Cataluña debe acoger un nuevo criterio con respecto al mantenido en anteriores Sentencias sobre el mismo tema, reconociendo ahora el derecho del guardia civil demandante a causar baja de Socorros Mutuos.-

La cuestión que se suscita ahora es que si este compañero ha causado baja, según decisión judicial, desde el 1 de enero de 2006 y ha estado pagando religiosa -y obligatoriamente- todos estos meses las cuotas que la socorrida asociación le ha impuesto a través de la nómina (con el consentimiento de la Dirección General del Cuerpo), pues eso ¿quién o quienes le devuelven lo indebidamente retenido? ¿los dirigentes de esta ‘entidad corporativa no territorial’? ¿el pintamonas de Velázquez? ¿o deberán los forzados socios realizar una derrama adicional para cubrir gastos?.-

Por que esa es otra cuestión a aclarar. La razón por la cual La Dirección General de la Guardia Civil, a través de su Servicio de Retribuciones -SEREPER-, sigue detrayendo de las nóminas de los miembros del Cuerpo cantidades económicas que van a parar a una entidad que no es asociación ni seguro privado ni nada que se le parezca y que además está vulnerando el derecho de asociación recogido en la Constitución Española como dicen las sentencias aludidas en estas líneas. Conviene recordar que tras el pronunciamiento del Supremo muchos componentes de la Guardia Civil solicitaron su baja de la organización conocida como Socorros Mutuos y que algunos llegaron a pedir al SEREPER que no se restara cantidad alguna de su nómina para ingresarla en las cuentas de esa entidad corporativa. Por lo que se, obtuvieron la callada por respuesta hasta que, viéndole las orejas al lobo, supongo, la Junta Ejecutiva del organismo ha decidido reunirse y modificar el Reglamento para recoger la voluntariedad de pertenencia. Aunque si se lee con atención las modificaciones habría que escribir la palabra voluntariedad entre comillas ya que el novedoso artículo 6 del susodicho Reglamento establece la forzada afiliación al personal de nuevo ingreso en el Cuerpo, lo que a mi entender vulnera la Sentencia del Tribunal Supremo referida al comienzo de este artículo.-

Y es que tiene mucha guasa la forma de proceder de los mandatarios de la entidad conocida por Socorros Mutuos y que, en un principio se denominó ‘SOCIEDAD FILANTRÓPICA DE SOCORROS MUTUOS DE GENERALES, JEFES, OFICIALES, SUBOFICIALES Y TROPA DE LA GUARDIA CIVIL’, según el Reglamento aprobado el 26 de junio de 1941 y que ahora ha mutado su nombre (cosas del progreso), por el de ‘SOCIEDAD FILANTRÓPICA DE SOCORROS MUTUOS DE LOS COMPONENTES DE TODAS LAS ESCALAS DEL CUERPO DE LA GUARDIA CIVIL’, que suena como más democrático, aunque su funcionamiento real haga pensar lo contrario. Y digo que tiene guasa porque resulta que ahora les ha dado por consultar a todos los socios las modificaciones que afecten a una parte esencial del Reglamento. Sin embargo no consultaron con los potenciales socios, allá por 1941, si deseaban que se formara una sociedad filantrópica, tampoco preguntaron a los afectados si querían ser miembros obligados de tal sociedad, o si les parecía bien que les detrajeran de sus pagas una cantidad monetaria forzosa, ni siquiera indagaron el parecer de los inexcusables asociados sobre la composición de la Junta Ejecutiva que gobernaría la entidad y cuyas decisiones eran -y siguen siendo- inapelables.-

Me da en la nariz que las consultas efectuadas en el último año no han sido otra cosa que tácticas dilatorias para tratar de alargar un proceso ineludible como es el de reconocer la voluntariedad del derecho de asociación. Y es que en este caso concreto no cabe consulta alguna, tan solo cumplir la Sentencia del Tribunal Supremo, reforzada de alguna manera por el Fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.-

PD: Un saludo a Cabrera.-

SINDICATOS EN LOS SINDICATOS

Por Maite

Parece ser que el actual Ministro del Interior está estudiando la posibilidad de permitir que los miembros del Cuerpo Nacional de Policía puedan afiliarse a Sindicatos de clase o de funcionarios. De ser así no tardaríamos en ver como los actuales sindicatos de policía se integran o son absorbidos por el poderío económico de los Sindicatos (con mayúscula a fin de diferenciarlos).-

Está claro que el tema de la seguridad ciudadana es de vital importancia para cualquier Gobierno. Hacer públicas las miserias que rodean a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, sobre todo en las de ámbito estatal, añaden un plus de intranquilidad en una población que ya de por sí se siente bastante insegura. Todo ello se traduce en un factor de desgaste para los gobernantes que resulta muy incomodo cuando se sufre pero que, al mismo tiempo, es una golosina cuando el que gobierna es otro. Todo ello ha sabido apreciarlo la cúpula mandataria actual, sobre todo ‘Rubalcaba que te caba’, por lo que dicen los mentideros. No hay que olvidar que desde la llegada de ‘pazatero’ a la presidencia se han vivido las mayores movilizaciones de la historia en lo que a Cuerpos de Seguridad se refiere. Y tampoco soslayar el hecho de que en dichas movilizaciones las organizaciones cercanas o claramente influenciadas por algún Sindicato afín al gobierno han intentado ‘relajar’ los ánimos.-

Todo ello, según mi opinión, ha invitado a la reflexión en la sede ministerial que dirige el ratoncito Pérez y no por una cuestión de defensa de los Derechos Fundamentales de los trabajadores de la seguridad ciudadana, ya que si así fuera no se entiende por que se excluye de tal posibilidad a la Benemérita (el artículo 28 de la CE recoge la posibilidad de limitar o exceptuar el ejercicio del Derecho de sindicación a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a la disciplina militar, pero no lo prohíbe). Se trata pura y simplemente de un problema de control de la situación. Por una parte sabe perfectamente que si se fija en la Guardia Civil para tales menesteres va a tener muchos problemas con los altos mandos del Cuerpo, con los de las FAS, con el Ministerio de Defensa y el Sursum Corda si se tercia y por otra es consciente que tal reconocimiento, aunque sea solamente aplicable a un Cuerpo de carácter civil, va a ser muy problemático ya que a poco que no lo regulen de manera correcta (como ha ocurrido con la no aplicación del Código Penal Militar a los miembros de la Guardia Civil, salvo excepciones), pueden quedar huecos donde se cuelen el derecho de huelga u otros que no gustan a la clase gobernante.-

Claro que la contrapartida es jugosa y merece la pena estudiar seriamente esta opción. Veamos, si los miembros del Cuerpo Nacional de Policía pueden afiliarse directamente a Sindicatos de clase o de funcionarios o si los sindicatos policiales actuales se integran en la estructura de los mentados Sindicatos, el partido que ahora regenta se apuntará un tanto de los grandes. Es sabido que los Sindicatos de clase o de funcionarios tienen, en su mayoría, una ideología que comulga más con las posiciones del Partido Socialista Español que con cualquier otra alternativa de gobierno. Lograr la adscripción de muchos funcionarios o facilitar la absorción de organizaciones profesionales por parte de los grandes Sindicatos supondrá en la práctica un ‘calmante’ en épocas de gobierno y un ‘clamante’ -permítaseme el palabro- en tiempos de oposición.-

Quienes conocen un poco la historia del sindicalismo en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado saben de las ansias intervencionistas de algún Sindicato en esta cuestión. Del ofrecimiento de ayuda desinteresado al ‘vente conmigo que te pongo un piso’ no hay demasiado trecho y algunos son especialistas en saltarlo sin vergüenza alguna, con la gran suerte de que siempre topan con alguna persona receptiva a la dádiva. Luego se montan un chiringuito a tutiplén y ofrecen ventajosas propuestas para unirse al rebaño. Ofertas por aquí, descuentos por allá, tapeo de gañote por acullá. Discursos altisonantes para demostrar que son más críticos que nadie, buena labor comunicativa con acompañamiento fotográfico y demás parafernalia inherente al caso, pero el trabajo y las propuestas serias brillan por su escasez o ausencia. Pero bueno, tampoco desvelo ningún misterio, salta a la vista en cuanto observas un poco. Todavía están esperando los miembros de la Benemérita la aparición de algún miembro destacado del Sindicato de marras en la concentración del 20 de enero de 2007.-

Veremos en que acaba el intento. Por mi parte recordar aquello de “políticos sin bajeza”, recogido en el artículo 6 de la Cartilla del Guardia Civil que no por obsoleta deja de contener algunas perlas que siguen teniendo vigor en nuestros días.-

EL ESPINOSO PAQUITO CHOCOLATERO

Por Maite

            Cuentan las crónicas que un Jefe de Comandancia, en su alocución por la celebración de la Virgen del Pilar pidió a las asociaciones profesionales de guardias civiles que no dañen el prestigio y buen nombre del Cuerpo. Lo que no he podido encontrar es a lo que se refería en concreto este señor Jefe ya que no lo aclaró en su discurso. Por ello me lanzo a especular sobre el trasfondo de la petición y lo que se me ocurre es que quizás tenga algo que ver con la ‘espinosa’ situación que se vive en uno de los cuarteles bajo su responsabilidad. Si así fuera, hay que tener mucho ‘morro’ para salir a la palestra y realizar un llamamiento a la sensatez.-

            Por lo visto, a Don Paco le sientan mal ciertas noticias sobre el incorrecto funcionamiento de la Unidad que dirige, aunque las disfunciones en sí mismas se la traigan al pairo. La eterna cuestión de matar al mensajero. Traducido al cristiano quiere decir que no importa que la casa esté llena de mier… de chocolate -valga el eufemismo-, lo trascendente es evitar que el cacao salga a la luz, porque esa es la manera de cargarse el buen nombre y prestigio de la institución.-

            Pues yo le diría a Paquito Chocolatero que recuerde la frasecita que dicen que dijo uno de sus subordinados, aquello de: “no tienes la suficiente inteligencia”, porque si la tuvieras deberías haber intervenido mucho antes en prevención de lo que ahora te agobia, o habrías aireado la casa de tufo a chocolate cuando trascendió la noticia, o simplemente te habrías hecho el sueco en tu diatriba del día de la Patrona soslayando lo que se ha convertido en noticia de alcance, a la sazón tu petición de discreción a las organizaciones profesionales.-

            O quizás nuestro personaje se refería al aumento retributivo de los Coroneles de la Guardia Civil denunciado por una asociación en el mes de septiembre. Y es que en épocas de austeridad económica como la actual queda fatal que algunos privilegiados vean incrementado su emolumento, mientras se recortan las ayudas sociales a los miembros de la Benemérita. Pudiera ser esa la causa del malestar de Paquito. En tal caso me gustaría transmitir un mensaje de calma al susodicho. Puedes estar tranquilo porque esta ‘espinosa’ cuestión no afecta al prestigio y buen nombre del Cuerpo, tan solo al de los destinatarios de la subida.-

            En fin, a diferencia del pasodoble compuesto por Gustavo Pascual Falcó, de carácter netamente festivo, nuestro chocolatero no tiene el cuerpo para fiestas y recurre a lo fácil: tratar de asimilar sus propios problemas a la reputación de todo un Cuerpo emulando a esos dirigentes políticos que cuando se les critica salen por peteneras arguyendo que se está atacando a su pueblo, a su región o a la institución que sea que dirijan. Déjate de monsergas Paco y ventila tu casa, verás como deja de oler a… chocolate.-

15-10-2009

QUÉ ESTAMOS HACIENDO CON LOS GUARDIAS CIVILES.

En enero de 2007, una imagen sorprendía a toda la sociedad. Miles de guardias civiles vistiendo su uniforme reglamentario se manifestaban en Madrid. La pregunta generalizada que se hizo entonces la ciudadanía es qué estábamos haciendo con los guardias civiles -  que si por algo se han caracterizado es por ejercer un trabajo callado, eficaz y sufrido en cuanto a condiciones laborales precarias, - para que se lanzaran a la calle de esta manera, arriesgándose a fuertes sanciones que, efectivamente, llegaron implacablemente a los dirigentes de la Asociación promotora.
Derechos ¡Ya!, fue el lema de aquella manifestación. Derechos, por cierto prometidos por todos los partidos políticos, y en especial por el Grupo parlamentario del PSOE. Ese mismo año, y tras la referida protesta, el Parlamento aprobaba dos Leyes para esta Institución; derechos y deberes y régimen disciplinario.
Lo que en la práctica no iba a suponer ningún avance importante para los maltratados trabajadores de la guardia civil. Pues la más que necesaria modernización de la Guardia Civil se rebeló como mero espejismo, ya que el Ejecutivo no mostraba el menor interés en impulsarla, ni en cumplir los mandatos y plazos legales que estas leyes establecen. Eso, junto a otros olvidos a los que tradicionalmente nos vemos sometidos las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, como unas retribuciones menores al resto de policías autonómicas y locales, se agitó en un nuevo cóctel de inconformismos que derivó en la mayor manifestación conjunta de policías y guardias civiles en octubre de 2008.
Mientras la sociedad volvía a preguntarse qué pasaba en la Guardia Civil y llegaban otra vez las consabidas sanciones a los representantes de las asociaciones, el Gobierno parecía concienciarse que algo había que hacer. Pero los tímidos avances que el Ejecutivo ha iniciado han chocado de frente con la cúpula inmovilista del Cuerpo.
Y en esa nos encontrábamos los guardias civiles, es decir, expectantes y en parte insatisfechos por una insuficiente gestión gubernamental, cuando nos ha tocado contemplar con consternación como guardias civiles vuelven a ser procesados por la jurisdicción militar, pendiendo sobre ellos sentencias con penas de cárcel, por meras faltas laborales que para cualquier otro ciudadano no pasaría de una multa de unas pocas decenas de euros.
Donde lo primero que llama la atención es cómo puede mantenerse en nuestro Estado de Derecho, Tribunales de Justicia formados por funcionarios de la carrera castrense, que no son jueces. Y es que la obsesiva aplicación del inflexible Código Penal Militar, a los guardias civiles por parte de tribunales militares, más parece el impulso de un auténtico “lobby”, que ejerce como tal, para no perder competencias y destinos, a costa de mantener relaciones forzadas entre la Guardia Civil y las Fuerzas Armadas - incluso por encima del espíritu de la ley - que en garantizar la disciplina del Cuerpo
El Gobierno, por tanto, debe definir de una vez por todas, las pretendidas “misiones militares” de la Guardia Civil, si es que existe alguna. Persiste un mandato legal para hacerlo y la situación no puede demorarse más.
Esta normativa, otorgaría una mayor seguridad jurídica a los miembros de la Guardia Civil, y ayudaría a evitar la aplicación torticera de las leyes penales militares en las funciones ordinarias – las cotidianas, las habituales, en definitiva, las que les confiere el artículo 104 de la Constitución Española -  como cuerpo de policial, completando el régimen estatutario definido en las dos Leyes Orgánicas aprobadas en 2007, que el Parlamento diseñó para la Guardia Civil del siglo XXI.
Entretanto y en contraposición, a día de hoy, sólo en Navarra hay casi trescientos penados por diversos delitos, cumpliendo condena con una pulsera de localización, en casa, con la familia; por no hablar de los entresijos judiciales que de forma lamentable, acaban con la fuga de una etarra procesada.
Y en ese caldo de cultivo de descontento, llegamos a este verano, donde la Guardia Civil ha sufrido, otra vez, el sórdido ataque terrorista.
Hoy es lamentablemente premonitoria la insistencia frustrada de AUGC para que la nombrada Ley Orgánica de derechos, hubiera recogido también el derecho fundamental a la seguridad. Porque si nuestra profesión entraña riesgos que son asumidos sin dudar, con la misma determinación exigimos el necesario respaldo del Gobierno en materia de seguridad de los guardias civiles y de sus familias. No son justificables las deficiencias en su protección que padecen muchas de nuestras instalaciones. Si tiene que morir otro guardia civil, que no sea por falta de inversión presupuestaria. Y si de algún sitio hay que recortar, hágase en los sueldos, dietas y demás prebendas de los altos cargos de las administraciones, no a costa de mantener la situación tercermundista que sufrimos los guardias civiles.
Del mismo modo, ha de formularse una llamada de atención a los poderes del Estado a que reconsideren y endurezcan el tratamiento penal que se les aplica a los terroristas. Porque, aun con limitaciones, todavía pueden acogerse a beneficios penitenciarios, que obviamente, poco están haciendo por su reinserción y, por el contrario, sólo sirven para alentar sus esperanzas de un “final negociado” de ETA.
Por todo lo anterior, no puede hablarse de un escenario tranquilo. Al contrario, todo sigue en plena agitación, en plena polémica y con un grado de malestar e insatisfacción real y creciente; motivada porque los miembros de este Cuerpo policial al servicio de la sociedad, se sienten engañados por el Gobierno. Incluso es probable que la situación derive en nuevas protestas públicas. Volverán entonces las sanciones disciplinarias y nuevamente nos haremos la misma pregunta: qué estamos haciendo con nuestros guardias civiles.

Alberto Moya
Secretario General
Asociación Unificada de Guardias Civiles.-

Ciento cuarenta y cuatro.

CIENTO CUARENTA Y CUATRO
Por Maite

            En los últimos días se ha desatado entre los componentes de la Guardia Civil la fiebre de las ‘ciento cuarenta y cuatro’ que es la manera de aludir los parámetros de trabajo del Cuerpo Nacional de Policía Me explico. Comenzaré con lo más ¿sencillo? de entender. Los miembros de ambos Cuerpos, como funcionarios públicos que son, tienen regulada su jornada de trabajo en la genérica de 37’5 horas semanales, aunque esto es un decir ya que las singulares misiones encomendadas a estas Fuerzas de Seguridad obliga a que las horas de brega sean en realidad las indispensables para atender las necesidades del servicio. Por otra parte, tanto en la Guardia Civil como en la Policía Nacional existe una manera de compensar el especial esfuerzo que significa laborar en horario nocturno o en días festivos. Esa compensación se denomina ‘índices correctores’ y consiste en sumar a cada hora de trabajo nocturno o festivo un tiempo adicional que servirá para calcular el tiempo total de servicio de cada funcionario/a.-

            Hasta aquí las similitudes entre ambos Cuerpos de Seguridad. Dos Instituciones mandadas por la misma persona, a saber: Director General de la Policía y la Guardia Civil. Cuestión ya sabida, pero no por ello baladí, como se verá. Las diferencias comienzan cuando comprobamos que el cómputo del tiempo de servicio en cada Cuerpo es dispar. En la Policía la contabilidad se realiza por años y en la Benemérita por meses. En cuanto a la forma de calcular las horas de servicio, también hay notables diferencias: en la Policía se suman las horas de servicio ‘reales’ a las derivadas de los ‘índices correctores’, hallándose el total, mientras que en la Guardia Civil solamente cuentan las horas reales, mientras que el tiempo de los repetidos ‘índices correctores’ llevan una contabilidad aparte y sirve para calcular un concepto dinerario llamado productividad.-

Dicha productividad, que la Benemérita ha tenido a bien enrevesar hasta la saciedad, tiene múltiples variantes que, en lo concerniente a jornada laboral, pueden bifurcarse en tiempo resultante de la aplicación de los antedichos ‘índices correctores’ (de periodicidad mensual), horas de exceso real en cálculo trimestral o prestación de guardias combinadas que, según el tipo, se clasifican en seis clases diferentes y, a su vez, cada clase puede tener hasta tres variedades, según el empleo de quien las desempeña.-

 Y a qué viene tanta complejidad en la Benemérita, se preguntarán algunos. Pues como dice la sabiduría popular “a río revuelto ganancia de pescadores” y en este caso los responsables del Cuerpo se las han ingeniado para regular el tiempo de servicio y el reparto de productividad con una norma que ríanse ustedes de la teoría de la relatividad. Ante el despropósito normativo, realizado ex profeso para la ocasión, muchas de las personas afectadas se pierden en el maremagnun de diferentes posibilidades de percibir una compensación por el exceso horario o simplemente por razón de destino. Así, y al margen de lo ya expuesto más arriba sobre jornada laboral, podemos toparnos con ‘productividades’ que son otorgadas por el mero hecho de acudir a prestar servicio, lo cual ya debería estar suficientemente remunerado con el resto de conceptos incluidos en la nómina, pero parece ser que no. Y si no comprueben el ejemplo siguiente: la modalidad de Productividad Funcional F1 retribuye el “servicio habitual en horario de mañana y tarde de días no festivos”, o sea ni horas en días festivos ni servicios nocturnos y mucho menos horas de exceso por que las mismas son compensadas con otros conceptos diferentes. Pues tal labor se ve recompensada con el 11% del Complemento de Destino, mientras que a los currantes de cualquier día de la semana y en cualquier horario, incluyendo turnos dobles o triples, se les compensa con una Productividad que significa el 19% del mismo Complemento. Traducido al cristiano, significa ni mas ni menos que para el Director General de la Policía y la Guardia Civil, aquellos guardias civiles que realizan servicio operativo se merecen un ‘sobresueldo’ de un 8% de un ridículo Complemento respecto a los que realizan labores administrativas.-

            Ya digo que lo anterior es un mero apunte, imagínense intentar explicar y sobre todo comprender todo lo relacionado con las variedades de productividad que se han inventado las mentes pensantes de los cubículos de Guzmán el Bueno. Varias modalidades de Productividad Funcional, 18 modalidades de Productividad Estructural, la Productividad por Objetivos (la cual consta de tres tramos, cuatro supuestos de exclusión, valoraciones de Comandancia y de Unidad, tres segmentos diferenciados, etc.), Indicadores de Servicios en días festivos y horario nocturno, sobreesfuerzos por superación del tiempo de servicio de referencia (trimestral en este caso), seis clases diferentes de guardias combinadas, horas de servicio en días de especial significación, días de sucesión de mando (dos supuestos distintos, dependiendo de la Productividad Estructural que perciba el mando sustituido)... vamos, una joya de normativa cuyo uso más adecuado se sitúa en los límites del cuarto de baño.-

            Ante esta realidad, los componentes de la Guardia Civil (al menos una gran mayoría), van a lo práctico. Miran la nómina y comprueban que por realizar 15 horas extra (horas de exceso las llaman en la Guardia Civil, los cachondos) en un mes, perciben una Productividad (dos meses mas tarde, no se vayan a creer) de..... redoble de tambor..... menos de 100 €. Hale opp, conejo de la chistera que se ha sacado Paco Velázquez por la jeta. Y no se vayan a asustar porque gazapos similares aparecen todos los meses por decenas de miles.-

            Sin embargo, en el Cuerpo Nacional de Policía tienen otra manera de hacer las cosas. Las horas de servicio se calculan por años enteros, de tal forma que a las horas reales de servicio se añade el tiempo compensatorio otorgado por los ‘índices correctores’ hallando el total. Rápido y sencillo, sin complicarse la vida. De existir algún exceso se compensa con tiempo libre y santas pascuas. El dinero de la Productividad se reparte de manera diferente, a la par que más coherente. Si estás a turnos, cobras mensualmente por ello (más o menos lo que un guardia civil por hacer quince horas de exceso en el mismo mes); si resides en una localidad con un índice de vida alto, percibes una cantidad relacionada con el mismo; la suma derivada de la denominada ‘Dirección por Objetivos’ es fija y mensual... Y así podríamos seguir. Cierto es que cuando hablas con los compañeros del CNP también tienen sus quejas y las cuantías les parecen escasas, pero cuando tratas de explicarles cómo funciona la cosa en el Benemérito Instituto, la respuesta por regla general es: ¡¡Ya, ya, pero es que, claro, me hablas de la Guardia Civil!!. O como suelen decir muchos veteranos del Cuerpo: “donde acaba la lógica comienza la Guardia Civil”.-

            Pues eso, que los miembros de la Guardia Civil alucinan cuando comprueban que sus homólogos del Cuerpo Nacional de Policía trabajan menos horas que ellos y sin embargo tienen unas nóminas un tanto más generosas (poca cosa si las comparamos con otras nóminas de cuerpos policiales). Y viendo que el mandamás es el mismo -el homónimo del pintor, que nada pinta- y que no le duelen prendas en discriminar a unos respecto de los otros con la vaga excusa del carácter de cada cual, a los componentes del Cuerpo de naturaleza militar les ha dado por solicitar al ínclito el mismo trato que les dispensa a sus vecinos de fatigas. De ahí que hayan aparecido modelos para peticionar el mismo régimen laboral y que, en resumidas cuentas, se ha venido a denominar ‘144’ en alusión al promedio mensual de horas de servicio real que realizan los miembros del Cuerpo Nacional de Policía.-

Esto ha traído diversas reacciones hasta el momento. Mucho cabreo en mandos intermedios, advertencias veladas sobre la conveniencia de cursar las instancias, resoluciones de responsables ajenos al destinatario de las peticiones tratando de impedir que lleguen a su destino y toda clase de marrullerías impensables en cualquier otro organismo de la Administración que no sea ese coto privado y ajeno a cualquier normalidad que es la Guardia Civil desde que el Duque de Ahumada metió mano en el decreto de 28 de marzo de 1844. Pues nada, a esperar acontecimientos.-

Artículo Opinión (23-05-2009)
LA SALA V (y la serie)

LA SALA V (y la serie)

Por Maite

            Recordarán quienes esto lean aquella famosa serie de los ochenta conocida simplemente como ‘V’, en donde unos extraterrestres venidos desde el cuarto planeta de la estrella Sirio pretendían hacerse con el control de nuestro planeta. Pues bien, en esta ocasión la V no hace referencia a la letra, sino al número romano y como seguramente habrán adivinado por el título este artículo no tratará de la serie sino de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, a la sazón Sala 5ª (o V).-

            Acaban de publicarse ciertas informaciones relativas a una sentencia de dicha Sala en la cual, pese a lo que estipula una Ley Orgánica, pretende aplicar el Código Penal Militar a los componentes de la Guardia Civil aunque no realicen misiones militares. Eso es, en esencia, lo que dicen las noticias. A falta de conocer el contenido íntegro del fallo y de los votos particulares de algunos magistrados (opuestos al razonamiento mayoritario) me arriesgaré a hacer una valoración del mismo, aunque se me acuse de precipitación.-

            La Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil, recoge en su Disposición adicional cuarta la modificación de la Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, del Código Penal Militar en los siguientes términos:

“Se añade un nuevo artículo 7 bis, con el siguiente texto:
Las disposiciones de este Código no serán de aplicación a las acciones u omisiones de los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil en la realización de los actos propios del servicio que presten en el desempeño de las funciones que, para el cumplimiento de su misión de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, les atribuya en cada momento la normativa reguladora de dicho Instituto.-
No obstante, lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable a los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil en tiempo de guerra, durante la vigencia del estado de sitio, durante el cumplimiento de misiones de carácter militar, o cuando el personal del citado Cuerpo se integre en Unidades Militares”.-
Por lo que dicen las informaciones, el alto Tribunal entiende que el Código Penal Militar no será de aplicación cuando los miembros del Cuerpo realicen funciones policiales y sí se deberá aplicar cuando tales misiones sean de carácter militar. Pero ¿qué ocurre con las acciones u omisiones que no tengan relación directa con las mencionadas funciones policiales o se lleven a cabo cuando no se esté de servicio? Pues, según la opinión mayoritaria de la Sala V, tales cuestiones entran dentro del ámbito del Código Penal Militar.-

            Dentro de las funciones de los Tribunales está la de interpretar las leyes y lo que ocurre en el presente caso es que el texto de la ley deja un claro vacío que la Sala V trata de aclarar a través de este Fallo. Me pregunto quién o quienes han sido las mentes pensantes del texto de la ley y si el vacío normativo que han dejado a la libre interpretación de un Tribunal que analiza las cuestiones militares -y cuyo sesgo resulta conocido- es mero despiste o no.-

            No obstante, a la hora de interpretar textos legales deben tenerse en cuenta varios factores, siendo uno de ellos el conocido como ‘espíritu de la ley’ o sea: cuál es el bien jurídico que el legislador trata de proteger. Y ese espíritu viene recogido en el preámbulo de la Ley Orgánica 12/2007, que dice a este respecto:

Sin duda alguna, las novedades más importantes introducidas se enmarcan en el objetivo que impregna toda la Ley de encontrar un equilibrio correcto entre los instrumentos que el Cuerpo de la Guardia Civil precisa para el mantenimiento de un modelo disciplinario eficiente y actual, con la supresión de determinadas figuras jurídicas cuya aplicación, en circunstancias ordinarias, resultan desfasadas, difícilmente justificables y excesivamente gravosas para los miembros de la Guardia Civil.-
Ese es el motivo, en primer lugar, de la supresión de la figura del arresto del cuadro de sanciones disciplinarias, quedando limitada la eventual aplicación de esta figura sancionadora, típica del régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas, para los supuestos en que se lleven a cabo misiones de naturaleza militar o cuando el personal del Cuerpo se integre en Unidades Militares -generalmente desplazadas en el extranjero-, situaciones en las que es preciso dar un tratamiento unitario a las consecuencias de los ilícitos disciplinarios.-
En segundo lugar, la Ley ha precisado lo que ha de ser el ámbito material de aplicación del Código Penal Militar a los miembros de la Guardia Civil, al considerar que muchos de los tipos penales que éste recoge resultan, en circunstancias cotidianas, de nula o escasa aplicabilidad a los integrantes de un Cuerpo cuyas funciones ordinarias están mayoritariamente asociadas al ámbito policial, y no al castrense.-
De ahí que la aplicabilidad del Código Penal Militar, en su integridad, al Cuerpo de la Guardia Civil, pase a quedar circunscrita a aquellas situaciones extraordinarias que, por su propia naturaleza, exigen dicha sujeción, como sucede en tiempo de guerra, durante la vigencia del estado de sitio y en el cumplimiento de misiones de carácter militar, o cuando el personal de dicho Cuerpo se integre en Unidades Militares”.-
            En mi opinión el espíritu, entendido como la esencia de la ley, es claro. El Código Penal Militar solamente deberá aplicarse en situaciones extraordinarias como las que describe el preámbulo, quedando por tanto meridianamente claro que la interpretación mayoritaria de la Sala V está fuera de lugar. Pretenden con esta sentencia cargarse el alma de la norma y dejarla cual fantasma, vacía de contenido.-

            Este pronunciamiento, por otra parte, no debería habernos pillado por sorpresa ya que el Tribunal Militar Central apuntó en esa misma dirección hace cosa de un año y se veía venir. Espero expectante la reacción del Gobierno el cual debe tomar cartas en el asunto de inmediato, bien a través de una consulta al Tribunal Constitucional, bien reformando el texto legal para que no queden más dudas ni vacíos normativos. El no hacerlo podría ser interpretado como una traición más a los componentes de la Benemérita. Como hacer la vista gorda mientras la mayoría de miembros de la Sala V se meriendan el espíritu de la ley a semejanza de los alienígenas de la Serie ‘V’ comiéndose ratones.-

Artículo Opinión (13-05-2009)

UN CONSEJO

UN  CONSEJO
Por Maite

Ya ha comenzado una nueva carrera electoral. En este caso con el fin de elegir representantes para el recién parido Consejo de la Guardia Civil. Invento éste que viene a sustituir al agonizante Consejo Asesor de Personal (CAP) que tantos y tan gratos recuerdos nos deja, aunque en estos momentos no se me ocurra ninguno.-

El CAP fue una ocurrencia Mariana (por Rajoy) que trató de poner una tirita en una herida que debía ser tratada en un quirófano y no con el botiquín de la empresa y así le ha ido. El nuevo Consejo trae consigo buenas intenciones y algunos puntos de sutura, pero dudo mucho que la herida deje de sangrar. No tardaremos en comprobarlo.-

Pero al margen de opiniones personales sobre el asunto, el Consejo es lo que es y no más, aunque tampoco menos. Y lo digo porque si bien puede parecer un organismo insuficiente para las aspiraciones de la mayor parte del colectivo, el mero hecho de su existencia pone de los nervios a muchos de los pocos que controlan con puño de hierro la Benemérita Institución y es un signo del avance democrático operado en los últimos años desde que el fenómeno asociativo hizo su aparición. Lo mismo se podría aplicar al CAP y quizás ese sea su único mérito en su desafortunada y escasa vida.-

Hace ya un tiempo decía en otro artículo que el mayor logro -que no el único- de las personas que iniciaron el movimiento asociativo en el Cuerpo era el de transmitir e inculcar la idea de que solamente unidos podíamos atravesar nuestro particular desierto. Muchos pensarán que tal creencia era ya aceptada de forma general desde tiempos ancestrales, pero quienes conozcan bien a la Guardia Civil saben perfectamente que asentar tal concepto no fue cosa baladí y el coste personal y profesional para muchos de los artífices fue y sigue siendo mayúsculo.-

A día de hoy, la existencia de todo tipo de asociaciones es un hecho normal y corriente. Basta contemplar las candidaturas que se presentan a las elecciones para apreciarlo. Incluso dichas candidaturas son escasas si las comparamos con el gran número de organizaciones que han visto la luz desde que COPROPER-6J indicó el camino a seguir. Incluso se presenta una agrupación de electores, que no es más que una suerte de asociación mal disimulada. Una muestra de reconocimiento a regañadientes de la cruda -para ellos- realidad.-

Pero en medio del follón electoral que nos embarga hay cosas que me preocupan y que pueden estar pasando inadvertidas. Y todo tiene su origen en el 20-E, a la sazón 20 de enero de 2007, día en que se reunieron en la Plaza Mayor de Madrid más de 13.000 personas, tres mil de ellas vestidas con el uniforme reglamentario de la Guardia Civil. Las consecuencias de aquel acto son bien conocidas. Entre ellas la publicación de varias normas legales que han sacudido como nunca antes había ocurrido las rancias estructuras de un edificio que ya de por sí sufría de aluminosis. Para el caso que nos ocupa, el reconocimiento de la existencia de asociaciones y la posibilidad de convertirse en organizaciones profesionales e incluso representativas ha sido un trago demasiado duro de digerir para ciertos estómagos que, casualmente, suelen deglutir de todo y en abundancia. Y la reacción ha sido la esperada. Después de unas buenas dosis de bífidus para aumentar la flora intestinal y paliar los efectos de la indeseada ingestión, se pusieron a discurrir la manera de minimizar los efectos de la nueva situación. Comenzaron vulnerando los plazos legales para la convocatoria de elecciones, engañaron -en mi opinión- al Director General que en un acto de bisoñez incomparable se atrevió a amenazar a los miembros del Cuerpo que osaran acudir a la manifestación del pasado 18 de octubre y nos encontramos en estos momentos con que las elecciones están diseñadas ex profeso con el único fin de evitar el voto.-

La falta de información institucional al respecto, parcialmente mitigada solamente cuando el proceso ha entrado en su etapa definitiva; la designación de una única fecha para ejercitar el derecho al voto; la dispersión de los puntos habilitados para la votación; las trabas que se han puesto para ejercitar el voto por correo y la imposibilidad de las candidaturas de realizar una efectiva campaña electoral, son ejemplos claros de lo dicho anteriormente.-

Parodiando a Cervantes en su más conocida obra, la razón de esta sinrazón que a mi razón se hace, no es otra que intentar que el número de votos sea escaso y poder argumentar que las organizaciones representativas del colectivo en realidad no representan a casi nadie y por ello no hay que hacerles demasiado caso. Si tal razonamiento estuviera en la mente de algunos solo cabe recordar que en las últimas elecciones al CAP el porcentaje de votación no llegó al 1% y cualquier resultado que supere ese listón es motivo suficiente para que desistan de tal argumentación. Al hilo de lo antedicho, tampoco estaría de más rememorar la masiva presencia de miembros del Cuerpo en actos como los desarrollados el 22 de abril de 2006, el referido 22 de enero de 2007 o el 18 de octubre pasado, por ejemplo. Y no está de más porque, seguramente, habrá que repetir tales experiencias dado el pasotismo de la Administración ante nuestras demandas.-

Este es el panorama que tenemos delante y al que debemos enfrentarnos. Por ello, ante las elecciones al Consejo, un consejo, si me permiten. Ejerzan su Derecho a votar, aunque cueste un poco, aunque el esfuerzo que supone haga albergar dudas. Valoren las candidaturas que se presentan, mediten sobre la trayectoria de cada una, de donde vienen, a donde se dirigen, quienes ostentarán la futura representación del colectivo.... y elijan. Elegir primero para poder exigir después. Si un gran porcentaje de votos puede amargar el día a algunos, bienvenido sea. Bastantes días amargados nos han proporcionado esos ‘algunos’ y a buen seguro lo seguirán haciendo mientras puedan o les dejemos.-

Artículo Opinión (13-01-2009)

Sentencia sobre socorros Mutuos.

SENTENCIA SOBRE SOCORROS MUTUOS

Por Maite

El pasado día 25 de septiembre, el Tribunal Supremo dictó Sentencia estimatoria sobre la solicitud de baja de dos guardias civiles en la Asociación de Socorros Mutuos de la Guardia Civil. Dado que el asunto viene de lejos, no está de más repasar un poco los antecedentes de este histórico Fallo. En primer lugar veamos como define el propio Tribunal a la pretendida ‘asociación’:

“La ‘Asociación de Socorros Mutuos de la Guardia Civil’ se rige por un reglamento aprobado por la Junta Ejecutiva, en sesión celebrada en 26 de junio de 1941, y su objeto consiste en suministrar a las familias de los Generales, Jefes, Oficiales, Suboficiales y Tropa que fallezcan, un auxilio pecuniario e inmediato con el que puedan cubrir los gastos de entierro y funeral del finado y atender sus propias necesidades hasta que empiecen a percibir la pensión a que tengan derecho, o dispongan su modo de vivir. La adscripción y el pago de la cuota son obligatorias y el gobierno y gestión compete al Director General del Cuerpo, constituyéndose una Junta Ejecutiva compuesta por Jefes y Oficiales, sin la participación de la tropa. Los acuerdos de la Junta son inapelables. La Asociación no está inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones. La Junta Ejecutiva, en su sesión de 22 de septiembre de 1998, tomó el acuerdo de considerar que no constituye, ni formal ni materialmente, una Asociación, por lo que no se adaptó a los dictados y prescripciones de la Ley 191/1964, de 24 de diciembre, ni del Decreto 1440/1965, de 20 de mayo, y que no tiene naturaleza de empresa de seguro privado, por lo que tampoco debe adaptarse a las disposiciones de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre ordenación del seguro privado”.-

José Luis Bargados Fernández, fundador en 1991 de la Asociación 6 de julio de guardias civiles, que luego se uniría a la Asociación COPROPER, promovida por el querido José Morata y que dio lugar a la archiconocida COPROPER-6J, solicitó el día 13 de enero de 1994 la baja de la “Sociedad Filantrópica de Socorros Mutuos de Generales, Jefes, Oficiales, Suboficiales y Tropa de la Guardia Civil”, siendo denegada su petición el 8 de abril de aquel año. Después de estudiar la situación y llegando a la conclusión de que la mentada Asociación no pertenece a la Administración del Estado y, por tanto, la vía contencioso-administrativa no era la adecuada, pese a remitirse a ella la propia Asociación de Socorros Mutuos en un intento de desviar la atención sobre su verdadero carácter que en muchas ocasiones le ha venido muy bien, Bargados optó por acudir al Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Madrid solicitando que se declarara vulnerado el derecho fundamental de asociación y, en consecuencia, se reconociera el derecho a causar baja voluntaria de la citada entidad. El Juzgado dictó Sentencia de fecha 21 de septiembre de 2000 por la cual desestimaba la demanda, absolviendo a la Asociación e imponiendo las costas procesales al demandante.-

Se interpuso Recurso de Apelación ante la Sección 13ª de la Audiencia Provincial de Madrid la cual, en fecha 9 de octubre de 2001, estimó el Recurso, revocando el Fallo anterior y declaró vulnerado el derecho fundamental de asociación y reconociendo la posibilidad de causar baja voluntaria de Socorros Mutuos, a la que se impusieron las costas procesales de la primera instancia, es decir, las que en primer término se impusieron a Bargados. Como es lógico la Asociación de Socorros Mutuos de la Guardia Civil interpuso Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo, que dictó la Sentencia que ahora se comenta.-

Y lo que dice la Sentencia 874/2008 de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo es, entre otras consideraciones, que lo que conocemos como ‘Socorros Mutuos’ tiene poco de asociación. Transcribo lo siguiente: “...lo que aquí se está examinando es precisamente si a través de una disposición administrativa se ha podido crear una suerte de entidad de base asociativa invadiendo de este modo el campo o ámbito de libertad dentro del cual los ciudadanos pueden agruparse para la consecución de fines lícitos. Y más en concreto, si esta forma de creación de un ente próximo a la asociación puede imponerse obligatoriamente a los afectados...”. Y es que, cabe recordar, la actual sociedad es resultado de la unión de la anterior Asociación de Socorros Mutuos de la Guardia Civil y la Asociación Humanitaria de Carabineros y que su funcionamiento se rige por una Orden General de 1941. Es decir, que un buen día se congregaron una serie de personas y decidieron constituir una especie de sociedad filantrópica a la que los miembros de la Guardia Civil deberían pertenecer y, por tanto, contribuir económicamente, pero que ni era una asociación ni una empresa ni seguro privado ni nada que se le pareciese y que no se iba a regir por normativa legal alguna, salvo por la que los propios interesados alumbraron a través de una orden general, eso sí, a mayor beneficio de los forzados miembros. Lo que se me escapa es por qué una sociedad ‘filantrópica’ como esta dispone de cuentas millonarias al margen del conocimiento de los obligados componentes.-

Para mayor inri, recordar que, como reconoce la Sentencia del Alto Tribunal, no fue hasta el año 1998 cuando las mentes pensantes que regían en aquellos momentos la citada entidad no tuvieron el cuajo de reunirse y decidir que el grupo de ineludibles contribuyentes que formaban todos los miembros de la Benemérita no constituía una verdadera asociación. Al parecer no tuvieron tiempo de pensar en ello desde 1964 en que la norma sobre asociaciones vio la luz. Y aprovechando la velada decidieron igualmente que el ‘invento’ no era un seguro privado ni una empresa, por lo que pasaban olímpicamente de adaptarse a la Ley 33/1984. Claro, no habían dispuesto de ocasión hasta ese momento de recapacitar sobre el particular. Pues bien, todo ello significa que la totalidad del personal del Cuerpo ha estado durante años cotizando forzadamente a un ente alegal y etéreo que cubre una serie de cuestiones que pueden perfectamente prevenir empresas privadas con mejores precios y coberturas y más rápidas en su respuesta, sencillamente por que así lo han querido los diferentes directores generales de la Guardia Civil durante todos estos años. Ya que si la repetida entelequia se rige por una Orden General y el gobierno y gestión corresponde al máximo dirigente benemérito ya saben los miembros del Instituto a quién/quienes deben darle las gracias.-

Continuando con el relato del Fallo del Supremo, considero las siguientes apreciaciones como muy esclarecedoras del verdadero carácter de la entidad denominada ‘Socorros Mutuos’. Dice así: “...la Asociación ahora recurrente no se ha adaptado ni a la Ley de Asociaciones ni a la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre ordenación del Seguro privado. Es este un factor que se ha de tener en cuenta para valorar la específica posición de la Asociación ahora recurrente en cuanto a que, en definitiva, trata de alcanzar fines u objetivos de asistencia y protección que pueden ser conseguidos a través de asociaciones o instituciones de previsión y aseguramiento. Pero sobre todo (...) se ha de llegar a la conclusión de que la ‘Asociación de Socorros Mutuos de la Guardia Civil’ no se dirige a la consecución de fines de carácter público que tengan relevancia constitucional...”.-

Por todo lo anterior y por algunas cosas más que me guardo para no alargar en demasía este artículo, el Tribunal Supremo le da la razón nuevamente a José Luis Bargados y declara no haber lugar al Recurso de Casación interpuesto por Socorros Mutuos y por ello entiende que no existen razones para la adscripción obligatoria a dicha entidad, ante lo cual, a partir de este momento quienes deseen causar baja de la repetida asociación pueden hacerlo. Tengo muy claro que habrá muchos compañeros que después de llevar tiempo cotizando obligadamente, les disgustará saber que la ocurrencia tiene las horas contadas y que, a buen seguro, en un futuro cercano sus herederos no podrán disponer de una cantidad monetaria que, más tarde que temprano, proporcionaba dicha sociedad tras su deceso. Lo que se ha pretendido desde el principio es defender el derecho fundamental a pertenecer a una asociación de manera voluntaria y no obligada y si ahora nos encontramos con esta sorpresa deberíamos preguntarnos porqué, durante todo este tiempo, no han hecho las cosas como deberían hacerse, por qué no adaptaron la asociación a su norma reguladora, por qué no la adaptaron a la ley del seguro privado, por qué intentan parecer como parte de la Administración del Estado cuando realmente es una entidad privada en la que embarcaron a todo el mundo por capricho de unos pocos, por qué sistemáticamente niegan tener unos beneficios y de repente aparecen cuentas millonarias sin aclarar a qué dedicaban ese dinero. En definitiva por qué siguen haciendo las cosas ‘por cojo...’ en vez de hacerlas como dios manda. El eterno misterio benemérito.-

Saludos

Artículo Opinión (06-11-2008)

Señores Políticos: ¡Háganlo!

SEÑORES POLÍTICOS: ¡HÁGANLO!

 

            Cuando ya creíamos haberlo visto todo de los terroristas de ETA, van estos cerdos y nos “sorprenden” (lo entrecomillo porque realmente no creo que nadie se sorprenda realmente de que un asesino haga lo único que sabe hacer, que es matar a sangre fría y cobardemente) con una huída hacia delante frente al acoso al que el Estado de Derecho los tiene sometidos en todos los frentes: policial (recordemos las recientes detenciones de los autores del atentado de la T-4 y de algunos de los asesinos de los guardias civiles Raúl Centeno y Fernando Trapero en Francia), judicial (recordemos que prácticamente toda la Mesa Nacional de Batasuna está entre rejas) y político (recordemos la demanda de ilegalización de ANV y PCTV presentada por la Abogacía del Estado y su imposibilidad de presentarse a estas pasadas elecciones generales, por más que se hartaron a decir que estarían presentes en esos comicios y tristemente lo han estado, pero no como todos pensábamos, a través de una candidatura camuflada, sino asesinando).

 

            Porque si lo analizamos fríamente, sólo se puede calificar como huída hacia delante el vil y cobarde asesinato a sangre fría del ex-concejal socialista en Arrasate-Mondragón, Isaías Carrasco. ETA da un paso más, desafiando nuevamente al Estado de Derecho y a la sociedad vasca y española en su conjunto. “¿A ver si los podéis proteger a todos?”, viene a decirnos la manada de hienas que siempre ha sido ETA.

 

            Trabajadores de empresas privadas de seguridad y funcionarios públicos de la Ertzaintza, del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil arriesgan su vida a diario y dan protección en Euskadi y en otras partes de España a Autoridades, jueces, fiscales, concejales (esencialmente del PSOE y del PP). Atacarles a ellos, que cuentan con escolta, es asumir riesgos. Y estas alimañas no tienen agallas para eso. Mejor se acribilla a balazos a un pobre e indefenso ex-concejal sin escolta, cuando vaya a salir de su casa para dirigirse a su puesto de trabajo. Y para asegurarse mejor de abatir a su objetivo, esperar a que esté sentado dentro en su asiento dentro del coche, y así no hay posibilidad ni de que se defienda ni de que pueda escapar o quedar malherido.

 

            Tras el mensaje clarísimo de ETA, ahora habrá que poner escolta a varios centenares de ex-concejales del PP y del PSOE. Pero no vamos a poder poner protección, y eso lo sabe ETA, a todos y cada uno de los amenazados por razón de su profesión: políticos, periodistas, profesores de universidad, jueces, fiscales, abogados. Dentro y fuera de Euskadi, porque no nos olvidemos que llegaron a ir hasta Sevilla para matar a balazos al matrimonio Jiménez Becerril en enero de 1998. Los amenazados con nombre y apellidos ya llevan, como no puede ser de otro modo, escolta, pero no vamos a tener agentes suficientes para todos los amenazados, porque al final ETA tiene amenazada a toda la sociedad que no comulga con sus ideas fascistas y totalitarias. A todos y cada uno de los ciudadanos y ciudadanas, no importa si son policías, militares, jueces, fiscales, políticos, médicos, trabajadores civiles del ministerio de Defensa, empresarios, etc. Y ante esta cruda realidad, ¿qué podemos hacer? En mi opinión, la respuesta que el Estado de Derecho debe dar a este nuevo crimen de ETA y a la coacción que lleva implícita, no es tan sólo ofrecer toda la protección que seamos capaces de dar a un nuevo colectivo cuyos miembros se creían libres de la amenaza de los terroristas. Acabamos de comprobar que resulta tan peligroso ser concejal de un partido constitucionalista de ámbito estatal, como haberlo sido meses e incluso años atrás. En mi opinión debemos incrementar sea como sea nuestra capacidad de infligir mayor daño a ETA, a sus estructuras operativas, logísticas y de apoyo, por supuesto con la utilización de las leyes y del Estado de Derecho, y reducir aún más su ya patética y paupérrima capacidad para atentar. A aquellos que les financian, que les proporcionan escondite o cobijo cuando huyen. A aquellos que les proporcionan información y les respaldan políticamente. O que justifican sus crímenes, cuando no los alientan. Más y mayor presión, si cabe, en todos los órdenes: cooperación internacional, actuaciones policiales y judiciales, mayor presión y vigilancia a los presos preventivos y a los encarcelados. Toda la que sepamos capaces de aplicar.

 

            Cualquier idea es defendible si es respetuosa con los derechos humanos y los principios democráticos y se hace a través de medios pacíficos y no violentos, pero los radicales consideran que pueden conseguir sus fines políticos a través de la extorsión, del chantaje y de la eliminación física del adversario político, ya sea con bombas o a tiros, como el viernes pasado.

 

            Y ante esto, y una vez que la sociedad democrática constata una vez más que ETA no ha entendido nada tras todos estos años de sufrimiento, sólo cabe un camino: la unidad de todos los demócratas, sea cual sea su ideología, para aislar a los violentos; la acción de las Fuerzas de Seguridad y de los Tribunales. Y viene al caso que destaquemos que todo el mundo está haciendo los deberes, excepto la clase política vasca y española, quienes se tiran los trastos a la cabeza hasta con la víctima de cuerpo presente. Y lamentablemente, no podemos ser optimistas en cuanto a conseguir la unidad de los demócratas contra el terrorismo. Y eso es, esencialmente, en lo único que ahora mismo no estamos apretando bien las tuercas a ETA, a pesar de que la sociedad entera lo demanda clamorosamente. Esa debe ser inexcusablemente la respuesta democrática y la prioridad política número uno ante la huida hacia delante de la escoria terrorista que son y el detrito de la especie humana en que se han convertido. Pero sólo los dirigentes de los partidos democráticos pueden hacerlo. Sólo ellos y nadie más. Por tanto, ¡que lo hagan! Es nuestro deber como ciudadanos exigírselo firmemente porque son únicamente ellos quienes no están haciendo todo lo que deben para hacer frente a esta nueva amenaza de ETA. Dejen de discutir sobre cuestiones como esta que, como se ha demostrado, son vitales para el futuro de todos.

 

 

Joan Miquel Perpinyá Barceló

Secretario General

Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC)

Artículo Opinión (10-03-2008)

La suerte está hechada y el pescado todo vendido.

LA SUERTE ESTÁ ECHADA Y EL PESCADO, TODO VENDIDO

 

            Tras 4 años de legislatura de las más broncas y crispadas que se conocen en nuestra corta historia democrática, los ciudadanos y ciudadanas de este país estamos llamados a las urnas para elegir a nuestros representantes en el Congreso y en el Senado. Del resultado de estas elecciones generales dependerá la configuración del Parlamento, donde reside el poder legislativo. Y será este Parlamento quien otorgará su confianza a un Diputado que será elegido Presidente del Gobierno y tendrá la responsabilidad de designar, junto a él mismo, a los miembros del poder ejecutivo.

 

            También los y las guardias civiles estamos llamados a las urnas el próximo día 9 de marzo. A pesar de que, como cada año, muchos no podrán ejercer su derecho al voto ya que estarán prestando servicio en algún colegio electoral y a sus superiores no se les ha pasado por la cabeza que estos agentes puedan reclamar, como cualquier trabajador, sus 4 horas correspondientes para ejercer su derecho constitucional como elector, muchos ya hemos ejercido nuestro derecho por correo y muchos otros sí podrán hacerlo.

 

            Ha llegado el momento de hacer balance y escoger la opción política más adecuada a los intereses de cada uno, que no son de ningún modo homogéneos al conjunto de miembros de la Institución, sino que cada cual tiene su ideología, sus preferencias políticas (por más que está consagrado en las leyes el deber de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad –no sólo de los guardias civiles– a mantener la neutralidad política y sindical), y su particular valoración de lo que cada partido político ha hecho en los últimos años y lo que en realidad va a hacer de aquello que ha prometido que hará en el futuro.

 

            Sin embargo, creo que en el particular ámbito de lo que ha sucedido durante esta legislatura en la Guardia Civil, conviene que recordemos algunas de las cosas más relevantes y que no debieran pasar desapercibidas en un momento como este, a la hora de decidir nuestro voto.

 

Partido Socialista Obrero Español (PSOE)

 

            En lo relativo al Partido Socialista, responsable de la acción de gobierno desde la investidura del Presidente José Luis Rodríguez Zapatero el día 16 de abril de 2004, me gustaría recordar varias cuestiones:

 

En primer lugar, el jarro de agua fría que supuso la ceremonia de toma de posesión del Ministro de Defensa, José Bono, cuando en el inaudito y folclórico acto celebrado en la sede del ministerio el día 19 de abril dijo aquello de: “Os juro que mientras yo sea Ministro de Defensa y el Presidente del Gobierno lo sea del Gobierno de España, no habrá asociaciones sindicales en las Fuerzas Armadas, que es tanto como decirlo en la Guardia Civil, que es cuerpo armado”. A pesar de que la Vicepresidenta 1ª Fernández De la Vega matizó las declaraciones afirmando que “una cosa es el sindicalismo y otra el asociacionismo profesional”, el daño ya estaba hecho. Pero podía hacerse más y se hizo. Una vuelta más de tuerca habría de darse a la moral de los guardias cuando en la noche del 29 de abril la Cadena Ser anticipaba la noticia del nombramiento de un teniente general del Ejército del Aire como director general del Cuerpo: el inefable Carlos Gómez Arruche. El día 6 de mayo Arruche tomaba posesión del cargo en el patio de la Dirección General con su uniforme azul de aviador, aunque con no poca ironía algunos buscaron semblanzas con los jefes de la Policía Municipal de Madrid, por el color del uniforme y la gorra de plato. Durante dos años, los guardias civiles vivieron un auténtico calvario. Arruche no tardó ni un mes en cargarse el ya inoperante Consejo Asesor de Personal, aunque ha sobrevivido aún 4 años más con el inestimable apoyo de otros guardias civiles y de ciertas asociaciones minoritarias, dispuestas a seguir prolongando la farsa a cambio de ocupar una butaca cerca de un general o del mismísimo director, prestándose a participar como meras comparsas y sin hacer nada para mejorar las condiciones de trabajo de los guardias civiles, que ellos no representan, porque basta ver el resultado de las sucesivas elecciones para darse cuenta de que ellos no representan a nadie más que a sí mismos.

 

El día 2 de junio los 30 vocales del Consejo, afiliados a AUGC, dimitieron de sus cargos ante la decisión unilateral y excluyente de Gómez Arruche de marginar a los vocales de AUGC del grupo de estudio recién creado para la redacción de un nuevo régimen disciplinario. A consecuencia de la campaña en pos de la abstención que realizamos, tan sólo votó el 0,83% de los censados, lo que situó la tasa de abstención en más del 99%. Y Arruche y el PSOE como si nada.

 

            Al concluir los trabajos del grupo de estudio para la modificación del régimen disciplinario de la Guardia Civil, presidido por el comandante Recio del Cuerpo Jurídico Militar, se trasladaron sus conclusiones a todas las unidades y la opinión fue unánime: más dureza y más régimen militar. Se mantenían las sanciones privativas de libertad en contra de lo establecido en el programa electoral del PSOE, se creaba una nueva sanción por falta muy grave (la pérdida de la especialidad), no se eliminaba la aplicación del Código Penal Militar y tampoco se mejoraban las garantías para los expedientados en los diversos procedimientos sancionadores. Absolutamente descorazonador. Afortunadamente, desde el Ministerio y la Secretaría de Estado de Seguridad se dieron instrucciones para corregir el desaguisado.

 

            Desde principios del año 2005 se creó en la Secretaría de Estado de Seguridad un grupo de estudio para el impulso y desarrollo del régimen estatutario de la Guardia Civil, con la participación de 4 asociaciones de guardias civiles y agentes y mandos del Instituto. Las conclusiones a las que llego el grupo jamás fueron difundidas por la Secretaría de Estado. Sin embargo, sí se redactó una ley de derechos y deberes muy moderna y progresista, que no fue tenida en cuenta en la que finalmente vio la luz. Total, que perdimos el tiempo miserablemente durante medio año más.

 

            Gracias al acuerdo suscrito en abril de 2005 entre el Ministerio del Interior y los sindicatos del CNP, las retribuciones básicas de los guardias civiles han sufrido en 4 años un incremento adicional a las subidas del IPC del 10’50%, lo que ha supuesto ver incrementadas las retribuciones el doble que cualquier otro funcionario público. Sin embargo, contrariamente a los compromisos adquiridos por el Ministro Alonso y el propio Presidente Rodríguez Zapatero, no ha podido ser íntegramente aplicado a la Guardia Civil debido a las diferencias existentes entre uno y otro cuerpo, a la inexistencia de un catálogo de puestos de trabajo en la Guardia Civil y a la imposibilidad de reasignar productividad a otros conceptos, pues nada tiene que ver el modo en que se retribuye la productividad en Policía y Guardia Civil. Además, el objetivo básico del acuerdo, que era equiparar los sueldos de las Fuerzas de Seguridad del Estado con las policías autonómicas, no se ha alcanzado, ya que estas siguen cobrando bastante más que los miembros del CNP y de la Guardia Civil.

           

A mediados del año 2005 vio la luz una nueva orden general de pabellones dictada de forma totalmente unilateral y sin contar con la participación ni de las asociaciones de guardias civiles ni de los miembros del CAP.             Todo lo anterior, unido a la falta de diálogo con la Dirección General, motivó la convocatoria de la I Peregrinación de AUGC a la Basílica del Pilar de Zaragoza. Esta primera gran movilización fue desconvocada tras llegar a unos acuerdos con el PSOE y el Gobierno, acuerdos que fueron incumplidos. Estos acuerdos fueron hechos públicos por el PSOE en su página web y se concretaban en estos puntos: acelerar el cumplimiento del programa electoral, en especial en la reforma del régimen disciplinario, evitando la concurrencia del Código Penal Militar; regulación del derecho de asociación; impulso de un nuevo modelo policial y reforma de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; y establecimiento de un nuevo estatuto profesional de los guardias civiles. Asimismo, se anunció la creación de una mesa bilateral entre la Secretaría de Estado de Seguridad y AUGC que permitiese remover los obstáculos para la aplicación íntegra en la Guardia Civil del acuerdo entre Administración y sindicatos del CNP.

           

            Ante el incumplimiento de numerosos compromisos y la tibieza con que la Administración hacía frente a las reformas, AUGC retomó las movilizaciones y se produjeron numerosas concentraciones de guardias civiles el día de la Constitución. Aquello motivó la apertura de expedientes disciplinarios contra algunos de nuestros compañeros. En algunos casos se cerraron sin declaración de responsabilidad, pero en otros casos aún están por resolver.

 

            A finales del año 2005 y pese a las reticencias de la Dirección General, por parte de la Secretaría de Estado de Seguridad se forzó una nueva regulación de los permisos y de la previsión de los servicios y los descansos en la Guardia Civil. A pesar de que a través de un comunicado de prensa Gómez Arruche anunció que se modificaba la orden general de permisos para que se pudieran disfrutar 21 días en verano, estableciendo 5 turnos de 21 días entre junio y septiembre y aumentando el cupo de personal que podía estar simultáneamente de permiso, pasando de 1 efectivo de cada 7, a 1 cada 5 efectivos, además de ordenar las previsiones del servicio con un mes de antelación revisable semanalmente; finalmente y gracias a las presiones que ejerció AUGC, el Secretario de Estado de Seguridad ordenó que se implantasen 4 turnos de vacaciones de 4 semanas cada uno para que cada agente pudiera tener 4 semanas de permiso entre junio y septiembre y la previsión del servicio debía ser dada a conocer al personal por meses naturales con una antelación de al menos 7 días naturales al comienzo del mes planificado, sin revisión semanal.

 

El día 7 de abril se anunció una remodelación del Ejecutivo. El inmovilista Bono presentó su dimisión por motivos personales y sería sustituido en la cartera de Defensa por José Antonio Alonso. En sustitución de Alonso, entraría en el gabinete Pérez Rubalcaba, hasta el momento portavoz parlamentario socialista.

 

            El día 22 de abril de 2006 AUGC protagonizó la primera manifestación en Madrid, bajo el lema “Guardias civiles por la dignidad y con la Democracia”. Recordemos que el ministro Bono manifestó sus reticencias a que los guardias civiles pudieran manifestarse (aunque fuera de paisano) puesto que tenían permiso de armas. 6 días después de la concentración, que fue todo un éxito, el Presidente del Gobierno sustituyó a Gómez Arruche por Joan Mesquida, quien meses más tarde sería nombrado mando único de Policía Nacional y Guardia Civil, pero reforzando la autoridad del Subdirector Operativo, a quien junto a algunos generales más se ascendió en 2007 al empleo de teniente general.

 

            En junio de 2006 vuelven a celebrarse elecciones para renovar el CAP y la tasa de abstención se sitúa en el 98’41%. Un nuevo fracaso y un triunfo para AUGC.

 

Y el 10 de junio ve la luz de manos de Mesquida una nueva orden general que regula el complemento retributivo de productividad que no gustó a nadie y que tuvo que ser modificada inmediatamente en dos ocasiones, además de anunciarse su modificación profunda en un año. Todo un fiasco.

 

            El 2 de noviembre de 2006 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo dicta la Sentencia Dacosta Silva contra España, la cual establece la ilegalidad de las sanciones privativas de libertad dictadas por autoridades administrativas y sin la intervención de un juez. Fue así AUGC y no el PSOE ni Mesquida quien consiguió eliminar las sanciones de arresto.

 

El día 5 de diciembre de 2006, 192 dirigentes de AUGC acudieron a la sede del Defensor del Pueblo en Madrid para entregar una queja con respecto al régimen disciplinario de los guardias civiles y la aplicación del Código Penal Militar cuando no realizan funciones militares, sino policiales. El 22 de enero del año 2007, el Defensor del Pueblo respondía: “esta Institución considera, en consonancia con sus preocupaciones, por las experiencias que se reflejan en las quejas recibidas y partiendo del análisis pormenorizado de todos los datos y documentos de los que se ha podido disponer, que las medidas sancionadoras disciplinarias restrictivas de libertad han demostrado su falta de eficacia y utilidad, así como que, desde el punto de vista de los afectados y de sus familias, estas sanciones suponen un menoscabo en la dignidad de los miembros del Instituto armado y producen graves consecuencias, en muchos casos, de orden anímico y psicológico. La realidad que esta Defensoría ha podido constatar pone de manifiesto que estas sanciones de arresto se han venido aplicando con demasiada frecuencia y, en muchas ocasiones, sin las debidas garantías en los últimos años, y que los efectos que las mismas han producido, en un colectivo donde el aumento de bajas psicológicas es manifiesto, se pueden considerar muy negativos. Así se ha insistido ante el Centro Directivo competente, en el curso de estas actuaciones, en que la pervivencia de la sanción de arresto podría suponer, y en muchas ocasiones ha supuesto, el ejercicio de una discrecionalidad, más allá de lo que permitirían los hechos determinantes del acto administrativo, que son los que delimitan y acotan el ámbito propio de la graduación de las sanciones y señalan la diferencia entre la correcta aplicación de este ejercicio y la arbitrariedad. De todo ello se ha dejado constancia en los informes que anualmente se presentan a las Cortes Generales”.

 

            Ya el 20 de enero de 2007, AUGC consiguió concentrar a 3.000 agentes de uniforme en la Plaza Mayor de Madrid bajo el lema “Derechos ¡ya!”. A los pocos días, el Gobierno anunciaba la apertura de expedientes disciplinarios por falta muy grave contra 20 dirigentes de la Asociación. A pesar de que se realizaron actos de apoyo y fueron numerosas las organizaciones nacionales e internacionales que pidieron al PSOE y al Gobierno que no sancionara a los líderes de la protesta, finalmente el Gobierno no tuvo en cuenta estas peticiones y en diciembre de 2007 impuso duras sanciones a los dirigentes expedientados: 3 meses de suspensión de empleo. Al speaker del acto se le impuso la sanción de 6 meses de suspensión y a mí mismo, como máximo responsable, se me impuso la sanción más dura de todas: un año de suspensión de empleo y pérdida de destino.

 

Sin embargo, mientras estábamos expedientados, el Gobierno se avino a negociar con nosotros. Dos tensas reuniones (9 y 15 de marzo) habrían de permitirnos consensuar los textos de las dos leyes (régimen disciplinario y derechos y deberes) que habrían de ser aprobadas al día siguiente por el Consejo de Ministros y remitidas al Parlamento. Y también sus enmiendas. Finalmente, tras una rápida tramitación parlamentaria, a finales de junio se aprobaron en el Congreso las leyes y fueron remitidas al Senado. Y el jueves día 4 de octubre, regresaron al Congreso sin ninguna modificación de la Cámara Baja.

 

Por último y como prueba del talante socialista y la predisposición a la represión pura y dura, el Ministerio de Defensa sancionó con 40 días de arresto en un establecimiento disciplinario militar al brigada del Ejército Jorge Bravo, Presidente de AUME, por su participación en la concentración del 20 de enero, aunque nunca hizo ostentación de su condición de militar y vestía de paisano durante el acto al que acudió como máximo dirigente de una Asociación legal.

 

            Como se puede ver, la diferencia de trato entre los representantes de los miembros del CNP y de la Guardia Civil ha sido una constante y a pesar de los avances logrados en el último tramo de la legislatura, el PSOE lo ha hecho forzado por una coyuntura de movilizaciones protagonizada por AUGC. Siempre estuvieron haciendo equilibrios para no desagradar a la cúpula militar de la Guardia Civil y de Defensa y por eso acabamos con un conflicto cuyas consecuencias algunos estamos pagando a día de hoy. Es cierto que hemos logrado avances históricos y  hemos conseguido materializar algunas de las demandas más anheladas por nuestro colectivo. Sin embargo, ha sido gracias a nuestro esfuerzo y a nuestro sacrificio y podemos afirmar que el PSOE no nos ha regalado nada, sino todo lo contrario: nos ha castigado con dureza por haber reclamado en la calle lo que nos prometieron y llevaban en su programa electoral, pero no tenían intención de cumplir. Ha habido que obligarles a hacerlo y por eso tenemos las leyes que tenemos, y 20 dirigentes de AUGC tienen anotado en su expediente personal una falta muy grave. Por tanto, no seré yo quien agradezca al PSOE nada, ni tampoco quien pida perdón por lo que hicimos. Ni tampoco quien reniegue de mi participación en un acto que cambió el curso de la historia en la Guardia Civil.

 

Partido Popular (PP)

 

            La posición del Partido Popular durante esta legislatura ha sido básicamente continuista con respecto a la legislatura anterior y a tono con su política general: oposición radical a cualquier iniciativa del Gobierno y del PSOE, aunque sea positiva.

 

            De este modo, la postura del PP con respecto a la ley de régimen disciplinario durante su tramitación parlamentaria fue la de criticar con dureza el proyecto de ley. En primer lugar, y aprovechando que al tratarse de una ley orgánica que trataba cuestiones relativas al poder judicial, el Consejo General del Poder Judicial debía emitir un informe no vinculante, este órgano de gobierno de los jueces que el PP controla a través de la mayoría conservadora nombrada durante los años en que gobernaron y cuya renovación han impedido por más que hace más de un año que su mandato expiró, criticó el proyecto de ley y entró de lleno en valoraciones políticas afirmando que si el Gobierno quería desmilitarizar la Guardia Civil podía hacerlo, pero eliminar la aplicación del Código Penal Militar, como se estaba haciendo, suponía una desmilitarización encubierta. Por supuesto, el informe del CGPJ, redactado por el vocal conservador Prego, nombrado a propuesta del PP, fue utilizado hasta la saciedad por los diputados populares para afirmar que la nueva ley de régimen disciplinario suponía la desmilitarización de la Guardia Civil. A continuación, propusieron vía enmienda que se siguiera aplicando el Código Penal Militar aunque circunscrito a una decena de artículos solamente (los delitos contra la administración de justicia militar y algunos otros), para desactivar el argumento de la pretendida desmilitarización de la Guardia Civil si a los agentes deja de aplicárseles el CPM. Comoquiera que su pretensión no encontró ningún apoyo en el resto de grupos parlamentarios, votaron en contra de la ley. Así pues, queda claro lo que piensan los populares sobre la aplicación del CPM a los guardias civiles, aunque no realicen funciones de carácter militar sino enteramente policiales.

 

            En cuanto a la ley de derechos y deberes, los populares formularon una enmienda a la totalidad con presentación de texto alternativo donde sencilla y llanamente se elevaba a rango de Ley Orgánica el Real Decreto 4/2002, de composición, funcionamiento y procedimiento de elección de los vocales del CAP. Y poco más. Es decir, el PP sigue apostando por un órgano absolutamente muerto y en proceso de avanzada putrefacción al que los guardias civiles mayoritariamente han dado la espalda, aunque no la cúpula del Cuerpo, como se sabe. A pesar de todo, los demás grupos parlamentarios se dieron cuenta de la jugada y votaron en contra de la enmienda a la totalidad presentada por el PP. Una vez más, los populares se quedaron solos con su visión absolutamente caduca y trasnochada de una Guardia Civil “garante de la cohesión territorial del Estado” como se atrevieron a afirmar pero sin indicar en qué fundamentaban esa nueva misión de la Guardia Civil.

 

            Esta ha sido la actitud que el PP ha mantenido durante esta legislatura con los guardias civiles y con las reformas por ellos demandadas. Por tanto, no llama mucho la atención que los populares en su programa electoral planteen que “No se trata de crear nuevas policías sino de reforzar el actual modelo policial español, basado en la existencia de dos Cuerpos de Seguridad, que no deben ser desnaturalizados sino potenciados y modernizados para hacerlos más eficaces” (punto 373). ¿En qué aspectos van a ser potenciados los dos Cuerpos de Seguridad? ¿En más carácter militar, más leyes militares y más Código Penal Militar?

 

            Lo que sí me llama la atención es que el PP prometa (punto 385) que desarrollará “un Plan para el incremento de las retribuciones de Policías y Guardias Civiles y la mejora de sus condiciones de trabajo. En desarrollo de dicho Plan, las retribuciones se homologarán a las de las policías autonómicas”. ¿Lo hicieron cuando gobernaron durante 8 años o es que no les dio tiempo? ¿Hubo equiparación salarial? Recuerdo perfectamente al director López Valdivielso afirmar durante una sesión del CAP que esta es una de las típicas promesas electorales (la equiparación salarial con las policías autonómicas) que se hacen para no cumplirlas, puesto que desde el Gobierno central no se puede estar a fijar los salarios de las FCS según quieran los gobiernos autonómicos con cuerpos de policía propios.

 

Izquierda Unida (IU)

 

            Y pasemos a analizar la actitud del tercer partido de ámbito estatal pero cuyas posibilidades para formar gobierno son prácticamente nulas.

 

            Izquierda Unida ha mostrado claramente durante esta legislatura recién terminada, que opta por la desmilitarización y por la fusión del CNP y la Guardia Civil en un único Cuerpo de carácter civil. Sus enmiendas a las leyes que han visto la luz esta legislatura (régimen disciplinario, derechos y deberes, y reforma de la ley de personal) han tratado de llevar a la izquierda planteamientos excesivamente conservadores con los que el PSOE partía de salida, como se desprende de las intervenciones de sus portavoces parlamentarios.

 

            En su programa electoral, plantean “Establecer el carácter civil de todos los cuerpos policiales, lo que implicaría culminar el proceso de desmilitarización de la Guardia Civil. Unificar los cuerpos estatales en la Policía Estatal; diversificando su organización en “Agencias o Direcciones”, que establezcan una división del poder de control, pero con la fluidez precisa en su relación interna (eficiencia operativa)”. Y también “Establecer el Consejo Estatal para las repercusiones laborales de los cuerpos policiales, con representantes de las instituciones y de los sindicatos representativos del sector”.

 

Otros partidos

 

            Con el objeto de no hacer excesivamente largo y tedioso este artículo, he dejado fuera de análisis a los partidos nacionalistas como Convergència i Unió (CiU), Partido Nacionalista Vasco (PNV), Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), Coalición Canaria (CC), etc. dado que estos partidos no mencionan en sus programas electorales propuestas concretas relacionadas con nuestro colectivo.

 

            Y he optado por hacer lo mismo con partidos políticos nuevos, como Unión, Progreso y Democracia (UPyD), liderado por Rosa Díez y Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía, liderado por Albert Rivera, pero remito a quienes pudieran estar interesados a buscar en sus páginas web lo que proponen en sus respectivos programas electorales.

 

            Como apunté en el titular de este artículo, la suerte está echada y el pescado, vendido. Cada cual que haga lo que le venga en gana a la hora de depositar su voto en la urna, pues en eso reside la grandeza de la democracia, aunque yo pienso que la democracia es algo más que, cada cuatro años, introducir una papeleta en una caja. Lamentablemente, desde los partidos políticos mayoritarios, que defienden a capa y espada, con no poco sectarismo, el bipartidismo rampante, la democracia es sólo eso. Para vosotros, como para mí, supongo que es mucho más que eso.

 

 

Joan Miquel Perpinyá

Secretario General AUGC

 

Artículo Opinión (06-03-2008)